Buscan que acoso virtual sea castigado como físico o verbal
MORELIA, Mich., 29 de agosto de 2023.- El acoso sexual por cualquier medio de comunicación electrónico sería castigado igual que cuando se ejerce física o verbalmente, a propuesta de los diputados del bloque plural en el Congreso del Estado.
En un comunicado se informó que de acuerdo con el Código Penal la pena para este delito es de seis meses a un año de prisión o de 30 a 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), pero cuando la víctima sea vulnerable por razón de su edad o discapacidad, la privación de la libertad puede ser hasta de cuatro años y de 40 a 180 veces el valor diario de la UMA.
Es una reforma sencilla, pero que se debe hacer porque en el artículo 14 Constitucional establece la exacta aplicación de la ley en materia penal y prohíbe imponer, por simple analogía pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
El artículo 169 bis del Código Penal solo habla del acoso sexual físico o verbal, pero no el que se da a través de las nuevas tecnologías, pese a que la violencia cibernética ha avanzado al mismo tiempo que la tecnología, por lo que se han ido presentando nuevas conductas que tienen que ser castigadas, como el caso del ciberacoso sexual.
Este tipo de acoso sexual se puede definir como el hostigamiento de una persona a otra, a través de mensajes, fotografías o videos de carácter sexual, a través de los cuales le invita a realizar un acto sexual. En este caso este abuso no se realiza de forma directa, tal y como lo exige el actual tipo penal para poderse configurar.
El acoso a través de las plataformas de internet es uno de los principales tipos de violencia que se han dado en los últimos años y estos acosadores no deben quedar impunes ante un vacío legal, argumentan los diputados Víctor Zurita, Belinda Hurtado, Samanta Flores, Ernesto Núñez, Mayela Salas, Andrea Villanueva y Mónica Valdez.