Buscan inclusión de nuevos delitos para penas privativas de libertad
MORELIA, Mich., 16 de noviembre de 2023.- Para aplicar la privación de la libertad a adolescentes y adultos jóvenes que cometan algún delito, la diputada Erendira Isauro propone la inclusión de nuevos delitos, el cambio de nombre de algunos, la derogación de otros.
La propuesta de la diputada de Morena incluye una reconfiguración del articulado, mencionando el título del código penal, y acoplar todos los delitos que son acorde a ese título, para tener una secuencia sincronizada.
Por ejemplo, la fracción uno que, de manera genérica se llama actualmente solo homicidio, se llamaría Delitos contra la vida y la integridad corporal y refiere los artículos 117 homicidio simple, 118 homicidio en razón de parentesco, 119 homicidio de persona menor de edad, 120 feminicido, 121 homicidio en razón de preferencia sexual, 122 homicidio calificado, 123 homicidio en riña.
En esta misma fracción uno por lo que toca a los delitos contra la integridad corporal refiere a las sanciones aplicables y a los diversos tipos de lesiones consideradas en el Código Penal, del artículo 125 al 129, 131 y del 138 al 140.
Así los nuevos bloques quedarían en la fracción dos los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad; en la tres los delitos contra el libre desarrollo de la salud y de la libertad sexual; en la cuarta los delitos contra la libertad personal; en la quinta los delitos contra la paz de las personas y la inviolabilidad del domicilio, en la sexta los delitos contra la dignidad humana-
En la fracción séptima estarían los delitos contra el patrimonio; en la octava la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita; en la novena los delitos por hechos de corrupción; en la décima los delitos contra la fe pública y en la onceava los delitos contra las instituciones del Estado.
Las fracciones 12, 13 y 14, sobre operaciones con recursos de procedencia ilícita, rebelión y sabotaje, serían derogadas porque los tipos estarían en otros capítulos.
La medida de internamiento de adolescentes y adultos jóvenes por la comisión de estos delitos solo aplica si al momento de realizarlos tienen entre 14 y 18 años y si el internamiento es permanente se considera una pena extrema que debe durar lo menos posible.