Buscan derecho de migrantes a ser votados como diputados binacionales
MORELIA, Mich., 23 de mayo de 2022.- Reconocer el derecho de los migrantes a ser votados como diputados migrantes o binacionales desde la Constitución Política del Estado, es la propuesta de la Comisión de Migración del Congreso del Estado.
Este derecho político, además del de votar que ya tienen los migrantes, se daría a partir del reconocimiento de que son michoacanos no solo los nacidos en el Estado, sino también fuera del territorio estatal, siempre que sean hijos de padres michoacanos, o de padre o madre michoacana y quienes residan de manera continua en la entidad durante un periodo de más de seis meses.
Para el ejercicio de los derechos en materia electoral, se entenderá que los michoacanos tienen residencia binacional y simultánea en el extranjero y en territorio estatal y acrediten más de seis meses de vivir en Michoacán al día de la elección y comprobar por lo menos dos años de residencia efectiva en el extranjero anteriores al día de la jornada electoral.
Además, como todo aspirante a una candidatura, deben poseer un domicilio propio, no convencional, Clave Única de Registro de Población (CURP) y Credencial para Votar con Fotografía.
La propuesta concreta para que los migrantes tengan representación en el Congreso del Estado es que una de las 16 diputaciones de representación proporcional tendrá la calidad de diputación migrante, mediante el sistema de lista de candidatos votados en una circunscripción plurinominal.
Por lo tanto, la asignación de la diputación con carácter migrante corresponderá al partido político con el mayor porcentaje de votación estatal emitida, y será otorgada conforme al género de la última fórmula de asignación.
La candidatura a la diputación migrante postulada por cada partido político, deberá ser una persona residente en el extranjero originaria de Michoacán, por lo que deberán reservar en la lista de representación proporcional un espacio en los primeros cinco lugares.
La asignación de la diputación con carácter migrante será otorgada conforme al género de la última fórmula de asignación y en caso de que se asigne el mismo número de diputados de representación proporcional a dos o más partidos políticos, la asignación se hará al partido político que obtenga la mayor cantidad de votos de los partidos políticos empatados.
Las disposiciones relativas al género de los candidatos se aplicarán sin perjuicio del principio de progresividad de la normatividad interna y los procedimientos de cada partido político, por lo que, para garantizar la paridad de género, los partidos políticos deberán presentar, una de género masculino y otra de género femenino, y se asignará aquella que conforme a la lista garantice la equidad de género.
En caso de que algún partido político o coalición no cumpla, se iniciará un procedimiento especial sancionador para que en un plazo de 48 horas rectifique la solicitud de registro de candidaturas y, de no hacerlo, se le hará una amonestación pública y se le reducirá en un 40 por ciento el financiamiento público por actividades ordinarias por el periodo que señale la resolución.