Avante PRI: valida TEPJF 25 candidaturas LGBTQI presuntamente usurpadoras
MORELIA, Mich., 13 de mayo de 2024.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) restituyó las 25 candidaturas del PRI, que el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) puso en duda por presunta usurpación LGBTQI, y les deslindó de tener que acreditar su autoadscripción a la comunidad arcoíris.
En sesión pública, la tarde de este lunes, el Pleno del TEPJF atendió el asunto Juicio de Revisión Constitucional 032 ST-JRC-032-2024 a cargo del magistrado David Alejandro Avante Juárez, promovido por el PRI contra la sentencia del TEEM, que impuso que nueve de sus candidatos a alcaldes y 16 a regidores debían acreditar su pertenencia LGBTQI.
El Pleno de la Sala Toluca del TEPJF respaldó a Avante Juárez, quien básicamente revocó la sentencia del TEEM, al considerar que éste se extralimitó al pedir que los aspirantes a candidatos acreditaran su autoadscripción mediante documentos como un acta de matrimonio homoparental, de cambio de identidad de género u otros.
Y es que, de acuerdo con el TEPJF, el TEEM no debió demandar autoadscripción calificada, pues si el Instituto Electoral de Michoacán no lo hizo para todos, hacerlo sólo para un grupo de aspirantes a candidaturas conllevaría un acto de discriminación, además de que se ponderó el derecho a la privacidad.
Así las cosas, en medio del reclamo de la comunidad LGBTQI, que ha reprochado la usurpación y fraude a la ley por todos los partidos en más de 90 candidaturas, los 25 candidatos del PRI ya no están obligados a acreditar su autoadscripción arcoíris, y sólo tendrán que acudir ante el Instituto Electoral de Michoacán a ratificar su pertenencia.