Aprueba IEM lineamientos contra acoso laboral y sexual
MORELIA, Mich., 24 de agosto de 2021.- Los lineamientos para atender e instrumentar el procedimiento de conciliación laboral, el procedimiento en casos de hostigamiento o acoso laboral y sexual, así como para la sustanciación y resolución del procedimiento laboral sancionador y el recurso de inconformidad, fueron aprobados por el consejo general del Instituto Electoral de Michoacán (IEM).
Se trata de un instrumento jurídico interno cuya finalidad es generar un ambiente laboral sano entre todos los funcionarios del órgano administrativo electoral y que de observancia obligatoria para prevenir sancionar y erradicar el hostigamiento y acoso sexual o laboral
La consejera Marlene Arisbe, presidente del Comité de seguimiento para casos de hostigamiento y acoso sexual o laboral que presentó la propuesta de los lineamientos destacó que se considera la figura de un conciliador con el propósito de generar acuerdos de voluntades.
Se define el acoso laboral como los actos o comportamientos en un evento o en una serie de ellos en el entorno de trabajo con motivo de este con independencia de la relación jerárquica de las personas involucradas que atentan contra la autoestima, salud, integridad, libertad o seguridad de las personas.
Entre otras señaló la provocación, presión, intimidación, exclusión, aislamiento, ridiculización o ataques verbales o físicos que pueden realizarse de forma evidente sutil o discreta y qué ocasiona la humillación, frustración, ofensa, miedo, incomodidad o estrés en la persona a la que se dirigen o a quienes lo presencian.
Se define también el acoso sexual como aquella forma de violencia en la que, exista o no la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva un estado de indefensión y de riesgo para la víctima.
Arisbe indicó que, si bien es un punto de partida, se trata de conceptos generales susceptibles de irse adaptando a la realidad, a la convencionalidad y a los instrumentos nacionales o internacionales.