Aprueba IEM catálogo de infracciones para el proceso electoral 2024-2025

MORELIA, Mich., 11 de febrero de 2025.- Rumbo a la jornada electoral del próximo 1 de junio, el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aprobó un catálogo de infracciones electorales judiciales, para regular las conductas contrarias a la ley en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Michoacán 2024-2025 (PEEPJM).
En sesión pública, el Consejo General del IEM aprobó este martes esta medida, que constituye un marco normativo para sancionar irregularidades en la contienda por los cargos de jueces y magistrados, asegurando un proceso equitativo y transparente.
Este acuerdo surge a raíz de las recientes reformas constitucionales y legales en materia electoral, que han redefinido las reglas de participación en la elección del Poder Judicial.
La consejera Carol Berenice Arellano Rangel refirió que entre las principales disposiciones se encuentra la prohibición de financiamiento público o privado para campañas, la restricción del acceso a medios de comunicación pagados y la limitación de propaganda electoral a materiales impresos reciclables.
El Consejo General del IEM determinó que las normas existentes no establecen de manera precisa un catálogo de infracciones específicas ni los procedimientos sancionadores aplicables.
El consejero Juan Adolfo Montiel Hernández explicó que con base en la atribución de regular y vigilar los procesos electorales, el IEM aprobó la emisión de lineamientos que describen claramente qué conductas serán consideradas infracciones, los sujetos responsables y las posibles sanciones.
La consejera Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León explicó que entre las prohibiciones establecidas destacan el uso de recursos públicos, por lo que servidores públicos y partidos políticos no podrán destinar fondos, infraestructura o personal a favor o en contra de alguna candidatura.
La propaganda electoral también estará restringida, y se permitirá sólo la difusión de propuestas y trayectoria en medios gratuitos y sin erogaciones económicas. Asimismo, durante los tres días previos a la jornada electoral estará prohibida la publicación de encuestas o sondeos de opinión que puedan influir en la decisión del electorado.
La entrega de dádivas será sancionada, por lo que ningún candidato podrá ofrecer beneficios económicos o en especie a cambio del voto. Finalmente, los gastos personales de los candidatos se limitarán exclusivamente a viáticos y traslados, sin exceder los topes establecidos por el IEM.
El proceso de regulación electoral en Michoacán se ha desarrollado en cumplimiento de un decreto federal publicado el 15 de septiembre de 2024, el cual obligó a las entidades federativas a adecuar su marco normativo en un plazo de 180 días.
El Congreso del Estado reformó diversos artículos de la Constitución local el 13 de noviembre y posteriormente modificó el Código Electoral el 23 de diciembre, y estableció las bases para la organización de la elección del Poder Judicial.
Como parte de estos ajustes, el IEM aprobó el 24 de enero de 2025 el Calendario Electoral para el PEEPJM, así como la creación de una Comisión Temporal que supervisará el desarrollo del proceso.
El presidente del IEM, Ignacio Hurtado Gómez, mencionó la necesidad de estos lineamientos en el principio de certeza jurídica, y argumentó que es indispensable que los actores políticos y la población conozcan con claridad las reglas del proceso y las sanciones aplicables en caso de incumplimiento.
La medida se sustenta en la Jurisprudencia 30/2024 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que señala que el derecho administrativo sancionador electoral debe cumplir con el principio de tipicidad, es decir, describir de manera precisa las conductas que serán sancionadas.