Complementará Policía Auxiliar funciones de seguridad pública
MORELIA, Mich., 10 de julio de 2022.- Ante la problemática de inseguridad que vive Michoacán, el Congreso del Estado aprobó reformas legales para que la Policía Auxiliar realmente complemente la función de seguridad pública como auxiliar de la Secretaría de Seguridad Pública que siempre ha sido.
Las reformas a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública fueron propuestas por el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla y van encaminadas a la profesionalización de la corporación y se clarifica cuáles son las obligaciones de este organismo.
Al analizar la iniciativa, los diputados observaron que la iniciativa solo contemplaba obligaciones y no establecía derechos, razón por la cual, de acuerdo a sus atribuciones, agregaron los derechos previstos para todos los que laboran en instituciones de seguridad y los derechos inherentes a quienes realizan la función policial.
Consideraron los diputados necesario un marco legal que abone a garantizar a los elementos de la policía auxiliar capacitación y profesionalización, así como uniformes y equipo de trabajo suficiente y en buen estado, además de salarios dignos, lo que se traducirá en mejores resultados y mayor confianza de sus usuarios en la protección y cuidado de su integridad física y patrimonial durante sus actividades cotidianas.
Las reformas fueron a la fracción segunda del artículo 104 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para establecer que la Policía Auxiliar será un organismo público descentralizado sectorizado a la Secretaría, es una policía que auxiliara a la función de Seguridad Publica de forma complementaria.
Su objeto es el de prestar servicios especializados de custodia, vigilancia, traslado, guardia y seguridad de personas, bienes, valores e inmuebles; a dependencias, entidades y órganos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; así como a instituciones públicas y privadas, órganos autónomos federales y locales; y, a todas aquellas personas físicas y morales que requieran de sus servicios.
La prestación de servicios se proporcionará mediante la contratación de elementos de la corporación, mismos que deberán estar debidamente capacitados y certificados en el rubro contratado, recibiendo el pago de una contraprestación, digna y acorde a la prestación del servicio que realizan y gozarán de los derechos y prestaciones sociales establecidos.
Además, se formalizó que las personas morales que, por el desempeño de su actividad sean susceptibles de riesgo ante actos delincuenciales, tales como empresas, corporativos, instituciones bancarias y financieras, comercios, instituciones públicas y privadas, casinos y empresas de valores, deberán contratar los servicios de elementos de seguridad de la Policía Auxiliar, mediante el pago de contraprestaciones, a efecto de contar con los servicios de custodia, vigilancia, guardia y seguridad.