Proponen reconocer a pueblos indígenas su carácter jurídico
MORELIA, Mich., 8 de diciembre de 2017.- Reconocer a los pueblos y comunidades indígenas su carácter jurídico de personas morales de derecho público y el goce de derechos sociales, para todos los efectos que se deriven de sus relaciones con los gobiernos estatal y municipales, así como con terceras personas y no como personas morales en el ámbito privado, propuso la diputada Rosa María de la Torre.
En una iniciativa de ley que presentó al pleno de la 73 legislatura para reformar el artículo tercero de la Constitución, señaló que se reconocería la representación, garantizando la implementación de las medidas que resulten necesarias para que puedan demostrar dicha personalidad, tomando en cuenta las prácticas, costumbres y sistemas normativos internos de las comunidades, permitiendo objetivar los sistemas normativos de las comunidades indígenas, que pueden no ser escritos, como lo es principalmente el michoacano.
En su exposición de motivos, indicó que desde hace 16 años que se modificó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se generó un mandato directo a las Entidades Federativas para reconocerles a las comunidades indígenas el carácter de entidades de interés público, mandato que no se ha incorporado a la Constitución Michoacana, lo que se traduce en una deuda histórica para con ellas.
De igual forma se les reconoce el goce de derechos sociales, que son facultades y prerrogativas de naturaleza colectiva que el orden jurídico reconoce a los pueblos y comunidades indígenas, en los ámbitos político, económico, social, cultural y jurisdiccional, para garantizar su existencia, supervivencia, dignidad, bienestar y no discriminación.
Es por eso que los pueblos y comunidades que han querido hacer ejercicio de sus derechos constitucionales, contando ya con un marco constitucional local que les facilita su cometido, pero han encontrado otros obstáculos, como el de satisfacer una necesidad de reconocimiento que tienen, especialmente al momento de ejercer derechos y cumplir con obligaciones, como es el caso de la gestión de recursos y el cumplimiento de obligaciones en materia de transparencia y rendición de cuentas.
"Resulta incoherente y se torna nugatorio el derecho a la autodeterminación de los pueblos y comunidades establecido en la Constitución federal y en la local, si no se reconoce una personalidad de sujeto de derecho público a éstas", señaló la legisladora del Partido Revolucionario Institucional.
Actualmente la Constitución local señala: “El Estado reconoce a los pueblos y comunidades indígenas como personas morales, con personalidad jurídica y patrimonio propio, para ejercer derechos y contraer obligaciones”, esto viene a cortar las aspiraciones de autodeterminación, puesto que las deja en un estado de reconocimiento jurídico que imposibilita el ejercicio de sus derechos como pueblos y comunidades, subyugándolas a las figuras estatales y municipales, indicó.