Visiones y percepciones/Etelberto Cruz Loeza
Visiones y percepciones.
CONSULTA PÚBLICA
¿Ex presidentes de la república a juicio? 1/2
Por ser promoción extraordinaria, inédita en la política, en la administración pública y en la historia de nuestro país, trataremos este tema en dos partes.
En contra de varias situaciones lógicas, el titular del Ejecutivo federal, Andrés Manuel López Obrador dio curso a su promesa de campaña política de llevar a juicio a los expresidentes de la República – Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Luis Felipe Calderón Hinojosa, Enrique Peña Nieto, 30 años y todos y cada uno de ellos del llamado periodo neoliberal y que participaron en la configuración del país y su esqueleto y músculo actuales: 30 años a juicio-, PREVIA DECISIÓN DEL PUEBLO A QUIEN SE LE CONSULTARÁ SU DECISIÓN=DETERMINACIÓN.
Durante muchos días, el presidente de la República asumió el papel de no estar interesado en realizar la consulta pública para conocer la decisión popular sobre esta promesa de campaña; lo anterior afirmando que la venganza no es su fuerte y, pocos días antes del vencimiento legal de la posibilidad de realizar la consulta – dado que se necesitaba cierto porcentaje y cantidad de firmas – volvió a repetir su estribillo: haré lo que el pueblo sabio quiera. Aunque yo no lo deseo, pues mi fuerte no es la venganza, pero…se desconoce la razón del cambio de forma de pensar y de actuar y sólo como especulación, un asunto mediático ye de percepción de imagen, que ha venido descendiendo -dentro del plazo legal informó que presentaría solicitud ante el Senado de la República en la que estaría la propuesta de pregunta para realizar la consulta pública, la que, en el caso de que las instancias del H. Congreso de la Unión la aprobara, se turnaría a la Suprema Corte de Justicia de la Nación – lo que así sucedió y ya fue enviada y se señaló un plazo de 20 días naturales calendario para que ese máximo órgano jurídico del país determinara la base jurídica=constitucional de la petición presidencial -.
Ahora la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá decidir, jurídica y constitucionalmente la procedencia o no de la petición de Consulta Pública.
Independientemente de la esperada determinación=fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación – que es la decisión que vale -, es coincidente la visión y perspectiva de abogados constitucionalistas y asociaciones jurídicas, investigadores jurídicos que, ni jurídica ni constitucionalmente, no es procedente.
Ahora bien, cierta y jurídicamente - los expresidentes de la República son ciudadanos iguales que todos nosotros y pueden estar sujetos a juicio del fuero federal o común. Carecen de Fuero. Si una persona física o moral, tiene bases jurídicas – pruebas - para enjuiciarlo, pues que proceda y punto.
Por otro lado, como está redactada la pregunta - MAL REDACTADA, POR CIERTO -, o no es aplicable y/o se contesta sola y no procede realizar la consulta pública ”¿ESTÁ DE ACUERDO O NO CON QUE LAS AUTORIDADES COMPETENTES, CON APEGO A LAS LEYES Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES, INVESTIGUEN, Y EN SU CASO, SANCIONEN LA PRESUNTA COMISIÓN DE DELITOS POR PARTE DE LOS EXPRESIDENTES CARLOS SALINAS DE GORTARI, ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, VICENTE FOX QUESADA, LUIS FELIPE CALDERÓN HINOJOSA Y ENRIQUE PEÑA NIETO, ANTES, DURANTE Y DESPUÉS DE SUS RESPECTIVAS GESTIONES?”
Por otro lado: 1° Muchos de supuestos delitos que pudieran surgir, ya prescribieron.
2° A excepción de Carlos Salinas de Gortari y Ernesto Zedillo los restantes tres ocuparon cargos públicos de representación popular y fueron sujetos de la ley de responsabilidades. Incluso sus informes de gobierno – fueron sancionados por sus respectivos H. Congresos. Cualquier delito ya prescribió,
3° Finalmente, todos y cada uno de los presidentes entregaron, en tiempo y forma, al H. Congreso de la Unión, al inicio de sus periodos legislativos el estado que guardaba la administración pública y debió ser ese órgano jurídico y legislativo quien debió llamarlo para reconvenirlo. Que se tenga registro o memoria, ninguna organización partidista lo hizo y ni fue decisión=Acuerdo del Plano. Nunca.
4° No pueden juzgarlos por sus actos anteriores a su cargo como presidentes. Eran ciudadanos sujetos al fuero común o en algún caso, federal.
5° Están violando sus derechos humanos y sus garantían individuales.
Se sabe que TODO ES CUESTIÓN MEDIÁTICA: ESTAR EN LOS MEDIOS, A CUALQUIER PRECIO.
Para bastantes abogados constitucionalistas y penalistas LA CONSULTA NACIÓ MUERTA. DESDE EL PUNTO DE VSITA JURÍDICO ES ABSOLUTAMENTE INCONSTITUCIONAL; CONSTITUCIONALMENTE ESTÁN PERMITIDAS EL TIPO DE CONSULTAS, PERO JURÍDICAMENTE ES INACEPTABLE QUE SE PRETENDA USAR LA CONSTITUCIÓN PARA FINES ELECTORALES. EL ARTÍCULO 35 ESTABLECE QUE SON DERECHOS DE LOS CIUDADANOS VOTAR EN LAS CONSULTAS POPULARES SOBRE TEMAS DE TRASCENDENCIA NACIONALES, LAS CUALES SERÁN CONVOCADAS POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN A PETICIÓN, EN SU CASO, DE LA POBLACIÓN EN UN NÚMERO EQUIVALENTE, AL MENJOS AL 2 % DE LOS INSCRITOS EN LA LISTA NOMINAL DE ELECTORES EN LOS TÉRMINOS QUE DUICTE LA LEY. NO SE JUZGARÍA A NADIE, A NINGUNO…CIERTAMENTE LA CONSULTA ES LEGAL, PERO POR LO ÚNICO QUE ESE LE PUEDE JUZGAR A UN EXPRESIDENTE ES POR DELINCUENCIA ORGANIZADA, DEFRAUDACIÓN FICAL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO – ¿QUIÉNES LO PROBARÍAN? (Finalmente:) NO SON NECESARIAS LAS CONSULTAS, YA QUE JURÍDICAMENTE BAJO EL ESTADO DE DERECHO, SE TIENE LA POSIBILIDAD DE JUZGAR A IMPUTADOS. LAS CONSULTAS SE DEBEN PRIORIZAR LA INVESTIGACIÓN A TRAVÉS DE LAS LEYES DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN, LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO Y EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y PARA TEMAS VERDADERAMENTE DE INTERÉS PARA EL PAÍS, COMO LA EMERGENCIA SANITARIA Y LA EDUCACIÓN, PORQUE LAS AUDIENCIAS SON PÚBLICAS Y EL ENFOQUE ES REPARAR EL ADÑO Y RECUPERAR EL DINERO. ¿Y CÓMOSE SABRÁN LAS CANTIDADES Y SE MEDIRÁN LOS DAÑOS, CON BAS EN QUÉ MODELO?
¿SE IMAGINAN: ¿UNA REVOLUCIÓN FRANCESA O CUBANA Y LAS VOTACIONES A MANO ALZADA?
POR OTRO LADO, SI HABRÁ CASTIGO, ¿TAMBIÉN HABRÁ PREMIOS?
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR DEBE TENER MUCHO CUIDADO…PORQUE TODO JUEGO TIENE SU DESQUITE Y LO QUE ESTÁ PROMOVIENDO SE LE PUEDE APLICAR A ÉL.