Testigo colaborador/testigo carnal/Carlos Gutiérrez Fernández
La atención nacional se encuentra enfocada en los alcances y consecuencias que tendrá la detención por parte del gobierno de México de Emilio Lozoya Austin exdirector de Pemex en el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto y líder impulsor de la llamada reforma energética del año 2013, publicitada entonces como el cambio estructural de política nacional que daba rumbo a la modernización del sector energético de México.
Morbo, escándalo, pánico, indignación, regocijo, venganza, alivio, desconfianza, sorpresa, incredulidad, son solo algunos de los sentimientos que invaden a la llamada clase política nacional ante la publicidad de los inminentes procesos judiciales que enfrentará Emilio Lozoya frente a la Fiscalía General de la República y bajo la tutela de un Juez de Control Penal Federal; esto en razón de los alcances exponenciales de señalamientos y acusaciones en contra de funcionarios y particulares que pudieron resultar beneficiados en ese periodo a través de la compra de voluntades en beneficio de proyectos perjudiciales para los intereses del país, sus empresas y habitantes.
La rapidez en los tiempos de la detención y el manejo de la información sorprende, el tema se enfoca peligrosamente como un asunto de Estado, en lugar de lo que debería ser uno de derecho. Emilio Lozoya fue detenido a mediados de febrero del presente año en España gracias a una orden de arresto internacional con fines de extradición y es presentado ante tribunales mexicanos solo 5 meses después de su aprehensión, un tiempo record tratándose de la naturaleza del complejo procedimiento. Paralelamente a la captura se expone sin sigilo alguno la supuesta simpatía del detenido para con su acusador, la Fiscalía, dejando entrever una especie de pacto entre las partes con una delegada línea cercana al contubernio.
La población quien se sitúa moralmente como último perjudicado de cualquier desfalco a las arcas públicas, merece conocer puntualmente las monedas de cambio entre las partes dentro del proceso penal que se sigue en contra de Emilio Lozoya, pues precisamente el ejercicio democrático de la acción penal y el potencial castigo a quienes cometen delitos se encuentra claramente contemplado en la voluntad Constitucional, esa determinación del pueblo plasmada en el llamado pacto social, que textualmente indica que el proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen.
Resulta también relevante de mención por un lado la capacitada defensa con que cuenta Emilio Lozoya en manos de un reconocido especialista Miguel Ontiveros, con prestigio y experiencia, lo que convierte al ahora imputado en un colaborador de la Fiscalía técnicamente muy bien defendido y en el mejor de los casos en uno no muy confiado; por otro lado es de destacarse la ausencia de posicionamientos formales de la Fiscalía Anticorrupción de la Fiscalía General de la República quien no debe olvidarse nace Constitucionalmente, a la par del propio Fiscal General y bajo un diseño de control preventivo del legislativo federal ante un potencial cese de funciones determinado por el Fiscal General, dicha Fiscalía se encuentra ausente, omisa en brindar información de su actuar a la sociedad para quien se debe, aun y cuando fue creada por el constituyente como ese contrapeso técnico con objeto de acabar con la corrupción sin contaminar la procuración de justicia ante fines políticos.
En esencia la información que aporte Emilio Lozoya, en su caso debería de tomarse como datos valiosos para quienes tienen la tarea de investigar los delitos de corrupción; que estos permitan activar líneas de investigación respecto a los hechos, las conductas delictivas, los recursos económicos, sus flujos, trayectos y operaciones simuladas; así, una vez agotadas dichas investigaciones se generase prueba científica capaz de perseguir y acusar ante los órganos judiciales competentes a todos aquellos que resulten con responsabilidad penal y hasta entonces, permitir a la opinión pública conocer los hechos y la teoría del caso que en cuanto Ministerios Públicos y representantes de la sociedad facultados para investigar delitos sostendrían ante los jueces.
Si bien se encuentra contemplada constitucional y legalmente la Facultad del Ministerio Público para aplicar los denominados criterios de oportunidad consistentes en la capacidad discrecional de castigar ciertos delitos o no hacerlo, bajo ciertas condiciones, como en el caso de que quien aporte información suficiente para castigar un delito de mayor impacto; debe tomarse en cuenta que es una figura peligrosa y debatida; el dicho de un potencial criminal puede cambiar intempestivamente y con esto desvanecer o lapidar el anhelo legitimo de justicia y reparación de los posibles daños que exige la totalidad de la población. No se debe olvidar que en este caso quien pretende ser amigo de la justicia cobraba entre 50 mil y un millón de pesos a cualquier empresario por el simple hecho de recibirlo en una cita cuando ejercía la función de Director de Pemex según lo expuso públicamente Santiago Nieto, Titular de la Unidad de Inteligencia Financiera en abril del año 2019.
En ese contexto “Seguir el dinero” es la estrategia que por décadas han utilizado los gobiernos de los países más eficientes en atacar la corrupción y el lavado de dinero, la prueba científica que soporta las potenciales acusaciones ante los Jueces por los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero se encuentra generalmente pre constituida, es decir ajena a defensa o refutamiento por la rigidez y claridad de un control contable, lo que permite que obtenerlas sea únicamente cuestión de interés y de agotar los procedimientos siguiendo las reglas, sin embargo no debe pasar desapercibido el conflicto público que existe entre el actual titular de la Fiscalía General de la República y el de la Unidad de Inteligencia Financiera, quienes públicamente han mostrado sus diferencias y nula coordinación para la investigación de delitos financieros, lo que puede hacer fracasar cualquier pretensión de condenas y decomisos de recursos al mal lograr sentencias condenatorias por falta de evidencia legal y eficaz.
El peligro es claro, la tendencia en olvidarse o dejar en segundo término los procesos penales técnicamente hablando y utilizar a un testigo carnal, amigo, compadre para sancionar social y mediáticamente a todos o algunos de los responsables de corrupción y desvió de recursos en el gobierno pasado, podrá devenir en un castigo social, político, mediático, pero no jurídico y con esto hacer perpetuo el manto de impunidad e injusticia que parece arraigado en México, no se puede dejar de lado la verdad legal que soportan las sentencias y legitima el poder público de un estado constitucional y democrático de derecho. De hacerlo los aparatos del Estado servirán para la administración de propaganda en lugar de justicia.
En memoria de Francisco Carlos Nevárez Bautista.