Sistema Estatal Anticorrupción/ Santiago Heyser Beltrán
Uruapan, Michoacán, 16 de julio del 2017
Con todos los peros y obstáculos que acostumbra nuestra clase política y gobernante, en México camina, a paso lento, el Sistema Anticorrupción, tanto a nivel federal, como estatal.
Entre dimes y diretes, luchas políticas y de poder, entró en vigencia el SNA (Sistema Nacional Anticorrupción) con la constitución (formación), del Comité de Participación Ciudadana del SNA. Los nombramientos ciudadanos y el procedimiento de selección de los integrantes, en mi opinión transparentes y correctos, estuvieron cuestionados por diferentes grupos y personas con opiniones e intereses particulares donde se destacó la tradicional y soterrada lucha partidaria por obtener cuotas y con ello protección y control, y el cuestionamiento de aquellos que ven como un peligro a su desempeño gubernamental y político el SNA; es decir, obstaculizado por aquellos cuyo interés está en que la corrupción continúe impunemente en México como parte de nuestra cultura (EPN –dixit-).
Por su parte en Michoacán hace lo propio y planea iniciar el Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) en enero del 2018, la que debe incluir reformas constitucionales como la de Guanajuato, cito:
Reforma Constitucional del Estado de Guanajuato en materia de combate a la corrupción. ARTÍCULO 132.- El Sistema Estatal Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades del orden de gobierno estatal y municipal competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.
El artículo 132 también señala las estructuras ciudadanizada para operar el SEA, cito:
“I. El Sistema contará con un Comité Coordinador que estará integrado por los titulares de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato; de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, la cual estará adscrita a la Procuraduría General de Justicia del Estado y será un órgano con autonomía técnica y operativa para investigar y perseguir los hechos que la ley considere como delitos en materia de corrupción; de la Secretaría del Ejecutivo responsable del control interno; un representante de los órganos internos de control de cada región; por el Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa; el Presidente del organismo autónomo en materia de transparencia y Acceso a la Información Pública; así como por un representante del Consejo del Poder Judicial y dos del Comité de Participación Ciudadana;
- El Comité de Participación Ciudadana del Sistema deberá integrarse por cinco ciudadanos respetando la equidad de género de manera de que en ningún caso podrán ser más de tres ciudadanos de un mismo género, que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción y serán designados en los términos que establezca la ley…”
En mi opinión esta es la parte más trascendente del SEA, la participación ciudadana del comité que garantiza, si la selección se hace correctamente, contar con gente capaz y honesta cuidando del interés estatal y ciudadano para servir como contrapeso al poder político y de gobierno. Una vez conformado en los estados, el mismo Comité de Participación Ciudadana definirá el detalle de algunas de sus acciones; a nivel nacional, de acuerdo con Transparencia Mexicana, siete son las responsabilidades claves del comité, cito:
Por su función en el Comité Coordinador, el CPC tendrá total acceso a la información que generará el SNA con la finalidad de sentar las bases para articular la política nacional anticorrupción.
- Proponer al Comité Coordinador:
- Proyectos de bases de coordinación interinstitucional e intergubernamental.
- Proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para la operación de la Plataforma Digital Nacional
- Proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las instituciones competentes de los diversos órdenes de gobierno en materia anticorrupción.
- Proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos requeridos para la operación del sistema electrónico de denuncia y queja.
2- Red anticorrupción: Proponer mecanismos para que la sociedad participe en la prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción.
3- Indicadores para control de la corrupción: Proponer indicadores y metodologías para la medición y seguimiento del fenómeno de la corrupción.
4- Fiscalización Ciudadana: Proponer reglas y procedimientos para recibir las peticiones, solicitudes y denuncias fundadas y motivadas por la sociedad civil.
5- Desempeño Comité Coordinador: Opinar sobre el programa anual de trabajo del Comité.
6- Promover la colaboración con instituciones en la materia para evaluar resultados y hacer propuestas de impacto.
7- Seguimiento a SNA: El CPC dará seguimiento al funcionamiento del Sistema Nacional, y propondrá al Comité Coordinador mecanismos para facilitar el funcionamiento de las instancias de contraloría social existentes.
Si las cosas se hacen bien en la parte legislativa y reglamentaria y en los procesos de conformación de los órganos que integran el sistema (habrá que darle seguimiento) atendiendo el interés ciudadano (base de la democracia), el SNA y los SEA harán historia por su trascendencia para combatir la corrupción, una de las tres pandemias que en mi opinión aquejan a México, cito: 1.- Pobreza, 2.- Corrupción y, 3.- La decisión consciente de muchos mexicanos, de no razonar… ¡Así de sencillo!... Continuará.
Un saludo, una reflexión.
Santiago Heyser Beltrán
Escritor y soñador