Orientaciones Jurídicas/Ana Luisa Gómez
Cambio de guarda y custodia de los hijos menores de edad
Bienvenidos, nuevamente es un placer saludarlos en esta cápsula de orientaciones jurídicas, el tema de hoy es el cambio de la guarda y custodia.
Una pregunta que surge de manera recurrente es ¿si es posible que se modifique la guarda y custodia de un menor, aun cuando ésta ya haya sido otorgada por el juez a uno de los padres? La respuesta a tal interrogante es que si pude cambiarse lo que ya se había determinado.
Los casos más comunes para solicitar una modificación de guarda y custodia son:
• Cuando el padre que tiene a su cuidado a los hijos, prohíbe o limita la convivencia de los menores con el otro progenitor.
• Aquel que se vea afectado por no ver ni convivir con su hijo de manera regular, podrá solicitar a un juez la modificación, pues el hecho de que el menor no conviva con uno de sus padres aumenta la posibilidad de que tenga daños emocionales difíciles de revertir.
• Otra de las causas es cuando existe alienación parental, esto es cuando uno de los padres manipula la conciencia de los hijos, para que estos sientan rechazo respecto del otro padre.
Cuando se decrete el cambio de guarda y custodia, ésta deberá llevarse a cabo de manera gradual, y si las circunstancias y madurez del hijo menor lo permiten, éste deberá ser escuchado para que se tomen en cuenta sus intereses y prioridades.
Agradezco que me hayan acompañado, nos vemos en la siguiente cápsula.