Opinión/Juan Antonio Magaña de la Mora
Seguridad pública y seguridad nacional
En la Constitución General de la Republica se menciona, en siete ocasiones, la denominación Seguridad Nacional; sin embargo Seguridad Publica sí está definida en el artículo 21 constitucional, cuando señala que es una función del Estado a cargo de la Federación, entidades federativas y municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta constitución a las leyes en la materia.
Mientras que en la seguridad nacional, señala el maestro Jesús Moreno Balbuena, tiene como pilares fundamentales la defensa exterior y la seguridad del Estado mexicano.
Es importante en esta época, dada la globalización, que para una seguridad pública más eficiente haya una cooperación muy estrecha entre Federación, estados y municipios, y para la seguridad nacional se requiere también una cooperación internacional, dado el flujo de personas y de mercancías entre países.
Ya en otras ocasiones hemos comentado que el Estado mexicano requiere de todo un andamiaje legislativo y administrativo que le permita organizarse de mejor forma.
Hoy, la amenaza externa no solo es a través de invasiones de otros países por medio de la fuerza militar, sino con actividades ilícitas que pueden poner en riesgo la gobernabilidad y seguridad de un país, como puede ser el narcotráfico.