Matrimonio igualitario en Puebla y Chiapas/Gerardo A. Herrera Pérez
04 de agosto de 2017
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Matrimonio igualitario en Puebla y Chiapas
Gerardo A. Herrera Pérez
Sin duda alguna el derecho a la no discriminación y el derecho al libre desarrollo de la personalidad, así como el derecho a ser tratado en igualdad y con libertad, nos plantea que los derechos humanos son una palanca fundamental en el respeto a la dignidad humana.
El matrimonio igualitario, como el tema de la adopción, como la corrección de actas de nacimiento por identidad de género, son derechos humanos de los que deben de disfrutar las personas que viven con orientación sexual distinta a la hegemónica o aquellas que viven con una identidad sexual o expresión de género distinta al sexo con que nacieron.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, se ha pronunciado desde el 2015 con la Jurisprudencia 43/2015, declarando inconstitucional las normas que someten a una dinámica dicotómica (hombre y mujer) y no diversas la figura jurídica del matrimonio.
En estos tiempos, continúa el trabajo de la SCJN, ahora para declarar inconstitucionales las normas de matrimonio para los estados de Chiapas y Puebla, por lo que el Legislativo local habrá de hacer sus correspondientes adecuaciones y armonización de sus leyes civiles y familiares.
Así, estas dos entidades se unirán a la Ciudad de México, Quintana Roo, Coahuila, Nayarit, Campeche, Michoacán, Morelos y Colima una vez que se realizan sus armonizaciones correspondientes.
Jalisco aunque tiene el pronunciamiento de la SCJN, el Poder Legislativo no ha realizado las modificaciones legislativas correspondientes.
Múltiples acciones aun por realizar por parte de las organizaciones de la sociedad civil que agrupan a las personas con orientación sexual distinta a las hegemónicas y con identidad de género o expresión de rol de género.
Recordemos que el matrimonio no es una figura jurídica natural, es una figura jurídica cultural que a través del tiempo y en función de las necesidades de las poblaciones y la humanidad se ha ido transformando.
La comunidad con orientación sexual distinta a la hegemónica y la identidad de género, al igual que todos los seres humanos, cuenta con dignidad humana, y ésta se le debe de respetar en el paradigma positivista existente en México.
Para el caso de Michoacán, la agenda LGBTTTI iniciada y promovida desde principios del siglo por Grupo de Facto Diversidad Sexual en Michoacán y Organizaciones de la Comunidad Transexual como Tarascas en Busca de la Libertad A.C., Luchemos por la Vida, A.C., Fuertes y Poderosas han logrado concretar la misma; el último triunfo, la aprobación al proceso de corrección de actas por identidad de género, de un procedimiento judicial a un proceso de carácter administrativo para la corrección respectiva, situación que impulsaron las organizaciones de la comunidad Trans de Morelia, Uruapan y Lázaro Cárdenas, con el apoyo de legisladoras de distintas posiciones políticas, como Nallely Pedraza, Yarabí Avila, Eloiza Berber, Rosa María de la Torre.
Todos estos cambios y transformaciones a prácticas sociales y culturales, no son más que acostumbrarnos, y bueno, darnos la oportunidad de comprender que esta es una lección más que habremos de aceptar en el marco de la tolerancia, el respeto y de una lección de aceptar el valor de la diferencia en la dignidad de cada persona, humildad, diría yo.
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