Itinerario político/Ricardo Alemán
Anaya: ¡Más mentiras!
Ya mentido en la victimización, Ricardo Anaya se dice perseguido político. ¿Ustedes le creen? Van más pruebas del presunto lavado de dinero.
1.- Una de las grandes dudas es si el candidato presidencial del PAN, PRD y MC está o no acusado en la carpeta de investigación de la PGR. La respuesta es que tiene calidad de imputado, mas no de acusado.
2.- ¿Por qué imputado? Primero, porque de viva voz y de puño y letra, Anaya reconoció en videos y entrevistas que intervino en calidad de vendedor, en el presunto lavado de dinero.
Y, segundo, porque incurrió el más de una de las conductas penales del artículo 400 bis del Código Penal Federal “… adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o trasfiera dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes propósitos: ocultar o pretender ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bines, o alentar alguna actividad ilícita”.
3.- También es público que en la operación inmobiliaria motivo de investigación participaron Anaya, Manuel Barreiro, los denunciantes, aquellos que ejecutaron y planearon la triangulación de dinero, así como los que intervinieron en el contrato de compra venta y hasta los empleados del banco que le entregaron 54 millones de pesos a Anaya. Todos se encuentran en alguna de las causales del citado artículo 400 bis del Código Penal Federal.
4.- Además, Anaya engaña a la sociedad al señalar que él, en su calidad de vendedor, no tiene la obligación de investigar el origen de los recursos que recibe por la venta de un inmueble.
Sin embargo, lo desmiente otro párrafos del mismo artículo 400bis, que dispone: “Para los efectos de este artículo se entiende que son producto de una actividad ilícita, los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia”.
5.- Conforme a esa disposición, el hecho de que Anaya conociera o no el origen de los recursos es irrelevante. ¿Por qué? Porque se impone al imputado la carga de la prueba, obligación confirmada en jurisprudencia de la SCJN.
6.- Además, en su video de ocho minutos, Anaya pretende que no le corresponde verificar si tiene o no origen ilícito el dinero que recibe por una compraventa. Y con ingenuidad de niño bobo explica que para eso pactó un contrato privado, que dice: Cláusula VIGÉSIMA:
“En este acto, LA PARTE COMPRADORA MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que: -----------------
(a) Los recursos económicos que serán utilizados en la presente operación de compraventa tienen una naturaleza lícita y no contravienen bajo ningún concepto las leyes aplicables en materia de recursos de procedencia ilícita y además regulaciones legales aplicables relacionadas con dichas normas, comprometiéndose en sacar en paz y a salvo a LA PARTE VENDEDORA en caso de cualquier infracción de su parte a cualquiera de los ordenamientos relativos a la procedencia de recursos y lavado de dinero; (…).
7.- Dicha cláusula –además de risible--, pone en evidencia que Ricardo Anaya conocía del origen ilícito de los recursos, por eso ingenuamente pensó que un pactó entre particulares lo dejaba libre del presunto lavado de dinero.
8.- Más aún, la cláusula inculpa a Anaya. ¿Por qué? Porque en su video de maestro decimonónico, el mismo Anaya afirma que el precio de la compraventa, los 54 millones de pesos, los recibió a través de tres transferencias bancarias, del banco “Bajío”.
El abogado Anaya engaña al sostener que no existió lavado de dinero, por el hecho de que los 54 millones de pesos de la compraventa salieron del banco Bajío. Oculta que –por eso y para eso--, se hizo la triangulación del dinero por el mundo, para que ya lavado, el dinero entrara al sistema financiero. No, los ciudadanos no son idiotas.
9.- Pero una joya de la que poco habla “los talentos” que defienden a Anaya, es que los compradores de la nave industrial que vendió fueron Alberto López López y María Amada Ramírez Vega; uno chofer y otra empleada de Manuel Barreiro. ¿Y qué creen? Que ninguno contaban con capacidad financiera para una compra por 54 millones de pesos. Así o aún más claro.
Y es que existen causales sólidas del presunto delito cometido por Ricardo Anaya, quien se esconde en las amplias faldas de la impunidad política, esa que dice que combatirá cuando sea presidente.
¿Por qué ya no acepta preguntas en las conferencias?
Al tiempo