Derecho a la salud/Gerardo A. Herrera Pérez
Derecho a la salud
Gerardo A. Herrera Pérez.
Desde las organizaciones de la sociedad civil se continúa trabajando para el fortalecimiento de la información y formación de las personas y membrecías. Es el caso de "Ángel de corazón, porque me nace ayudar, A.C.". quienes convocó a las instituciones para impulsar un webinar sobre el derecho a la salud.
Quien estuvo al pendiente de dicho mandato social fue la Unidad de Derechos Humanos de la Secretaria de Gobierno de Michoacán, invitando a diferentes disertantes de diversas instituciones, entre ellas la Comisión Estatal de los Derechos Humanos a través de la Coordinación de Estudios, Divulgación y Capacitación e igualmente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Fueron Gerardo Ponce de León y Gerardo A. Herrera, quienes reflexionaron sobre la temática desde los aspectos cuantitativos y cualitativos del derecho a la salud.
Es evidente que el derecho a la salud, un derecho universal, interdependiente, indivisible y progresivo debe de ser atendido de manera adecuada por el Estado mexicano, respectando el derecho a la vida y otros de manera interdependiente y desde luego la dignidad humana.
Las reflexiones y los contenidos, versaron sobre la pandemia del Covid-19, en el antes, el ahora y el después, en un ejercicio de línea de tiempo que nos permite identificar y dar respuesta a diferentes preguntas que se han generado violaciones a los derechos humanos y la atención que se ha recibido de parte de los organismos autónomos constitucionales de derechos humanos.
El formato utilizado para el webinar es novedosa, primero, se prepara una batería de preguntas sobre las cuales los disertantes aportan ideas, definen las normas y procedimientos y plantean las propuestas para atención de las problemáticas presentadas mediante queja de la posible violación a los derechos humanos.
Por otro lado, es importante destacar que al agotarse la batería de preguntas, se abren los micrófonos de los participantes de la sala del webinar para la reflexión y el análisis sobre los contenidos presentados, y con ello, ir construyendo las conclusiones.
En este sentido, se rescatan diversas conclusiones que dan sentido a cerca de 120 minutos de trabajo sincrónico. La primera conclusión es revisar los contenidos más actualizados de los pronunciamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual emitió recomendación O4/2020 sobre la pandemia, el derecho a la salud y el Covid-19.
Entre los aspectos que destaca y que fueron reflexionados en el webinar: “La CIDH advierte que, desde el inicio de la emergencia sanitaria global, los esfuerzos en las Américas para detener el virus y su enfermedad se han visto afectados por el contexto propio del continente anterior a la pandemia, que incluye la discriminación, la pobreza, la desigualdad, la debilidad estructural de los sistemas públicos de salud y, muchas veces, la falta de estabilidad política e institucional. Como resultado, las poblaciones de los países de la región han sido y continúan siendo, extremadamente afectadas por la pandemia global. Las personas con COVID-19 corren un especial riesgo de no ver asegurados sus derechos humanos, en particular a la vida y a la salud, mediante la adecuada disposición de instalaciones, bienes y servicios sanitarios o médicos”.
“La referencia a personas con COVID-19 en esta resolución engloba, según corresponda, a las personas presumiblemente contagiadas por el virus, a las personas que están en fase pre-sintomática, sintomática (leves, moderados, severos o críticos), así como las asintomáticas, a quienes se someten a pruebas de investigación médica y a las víctimas mortales por la pandemia, así como a sus familias y/o cuidadores/as. Asimismo, el concepto de familia debe ser comprendido en su más amplio espectro, para garantizar el reconocimiento de los vínculos afectivos y raciales diversos, respetando la orientación sexual y la identidad de género de las personas, de acuerdo con los estándares establecidos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos”.
“Las Directrices contenidas en la Resolución señalan que los Estados deben dar cumplimiento a sus obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos de las personas con COVID-19, incluyendo la integración de un enfoque interseccional y multidisciplinario que reconozca y afirme la dignidad humana, la eliminación de todas las formas de discriminación, así como la indivisibilidad y la interdependencia de tales derechos en sus normas, políticas y toma de decisiones, como al interior de todos los poderes públicos de los Estados”.
“Asimismo, destacan un conjunto de lineamientos para la realización de acciones dirigidas a la protección del derecho a la salud de las personas con COVID-19, incluyendo aspectos sobre los derechos al consentimiento en materia de salud, igualdad y no discriminación, la privacidad y uso de datos, acceso a la información, protección de otros derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, y acceso a la justicia. La resolución también recomienda la priorización del derecho a la vida de las personas con COVID-19 en las políticas públicas, disposición de recursos y la cooperación, a la protección de sus derechos en relación con la intervención de actores privados, la protección de los derechos de las personas trabajadoras de la salud y del cuidado, así como sobre el duelo y los derechos de los familiares de las víctimas fallecidas por COVID-19”.
La salud, no solamente está en manos del Estado mexicano, se encuentra también en las acciones que en su beneficio pueda mantener la población.