Contexto
LA PANDEMIA Y LA ECONOMÍA XCXXXII… Los constantes ataques, insultos y desencuentros con el Poder Judicial de la Federación y con el Legislativo por parte del Ejecutivo. Los desplazamientos forzados internos en México alcanzan medio millón de personas por desastres naturales, pero, sobre todo, por la violencia.
Si como dice en su soliloquio mañanero: “somos respetuosos de la independencia del Poder Judicial y de la Fiscalía, y del Poder Legislativo”, Andrés Manuel López Obrador estaría en otro plano. Pero no. Nuevamente de manera hipócrita miente. Y no hay nadie que se lo diga abiertamente y en su propia cara. Jamás ofrece una disculpa por sus denuestos ni tampoco se retracta de sus impulsivas afirmaciones. Y aunque sigue siendo muy popular, en grandes sectores de la población ha ido perdiendo credibilidad y un ejemplo de ello, es que, para muchos millones de mexicanos -- en sus propias palabras, “el pueblo bueno” --, su informe de gobierno no fue tomado en cuenta, ni para bien ni para mal.
Apenas la semana pasada, se dijo arrepentido de haber propuesto a cuatro nuevos ministros, de los cuales, por cierto, solamente dos tenían carrera judicial. López Obrador comentó: “Voy a tener oportunidad de proponer a ministros —hice mi cuenta— más los que estén ahí decentes, pues puede ser que logremos tener mayoría, no para que me apoyen en abusos, sino para reformar el Poder Judicial y que realmente haya justicia en México. ¿Y qué creen? Me equivoqué, porque hice propuestas, pero ya una vez que propuse, ya por el cargo o porque cambiaron de parecer, ya no están pensando en el proyecto de transformación y en hacer justicia, ya actúan más en función de los mecanismos jurídicos. Y yo respeto eso, porque pues yo propongo, pero yo no quiero tener incondicionales, yo quiero que haya mujeres y hombres libres, conscientes y que al momento de tomar decisiones cada quien asuma su responsabilidad.
Y agregó que a su administración le cuesta mucho contar solamente con cuatro de los once ministros y puso como ejemplo que, en el tema de la cuestión eléctrica, “imagínense votar, primero, los conservadores del PRI y del PAN, a favor de las empresas extranjeras, en contra de la Comisión Federal de Electricidad. Un acto, sin duda, de traición a la patria. Pero luego pasa al Poder Judicial y de chiripa se evita que declaren inconstitucional la ley eléctrica…Y ahora esto que estamos tratando, que es un acto por completo de incongruencia, los paladines de la justicia de repente quieren anular un artículo de la Constitución, algo que no les corresponde.
Pero más allá del tema de la prisión preventiva oficiosa, se espera que la mayor parte de la discusión entre los ministros que integran el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que por cierto desde ayer comenzó, se centre en si tienen facultades para ordenar que no se aplique un artículo constitucional. Y es que la discusión acerca de la prisión preventiva oficiosa en México, considerada una de las más relevantes en materia jurídica de los últimos años, se continuará este martes tras la intervención de 4 ministros.
El proyecto presentado por el ministro Luis María Aguilar Morales, propone la inaplicación del artículo 19 de la Constitución al considerar que la ejecución de dicha medida cautelar vulnera los derechos humanos de los detenidos, además de que se trata de una pena anticipada.
Aguilar Morales consideró que es inaplicable la prisión preventiva oficiosa por contravenir a los derechos humanos, tratados internacionales y es desproporcional al tratarse de la pena más severa que se puede imponer a una persona acusada de un delito. Advirtió que la regla debe ser el respeto a la libertad de las personas y a la presunción de inocencia:
“La prisión preventiva debe ser considerada como la medida más severa que se le puede aplicar a una persona acusada de un delito, por lo cual, su aplicación debe ser excepcional y siempre estar limitada a los principios de legalidad, presunción de inocencia, de necesidad y de proporcionalidad y estar sujeta a un plazo razonables y no tener una duración indefinida y mucho menos no se debe considerar como una pena anticipada”, precisó.
Expuso que la prisión preventiva debe dictarse únicamente cuando esté debidamente justificada, por causas y razones legítimas consistentes en asegurar que el imputado sea presentado por el juez y no se evada de la acción penal, o cuando el imputado estando en libertad pueda representar un riesgo para las víctimas, testigos o la sociedad en general. En todos los casos debe existir la posibilidad de que el juez valore las causas y que no se imponga esta medida como oficiosa o automática por ser considerada contraria a los derechos humanos en particular con la presunción de inocencia y la libertad personal.
Citó que el cuaderno mensual de información estadística penitenciaria nacional de junio de 2022 emitido por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana dependiente del Poder Ejecutivo Federal, refiere que actualmente existe una población total de 226, 916 personas privadas de la libertad en centros penitenciarios. De ese universo, 134, 321 de reclusos, equivalentes al 59.2 por ciento, se encuentran cumpliendo una condena. Sin embargo, 92,595 personas equivalentes al 40.8 por ciento se encuentran bajo proceso penal en prisión preventiva; esto es, sin tener una condena que les hubiera permitido defenderse.
También, consideró que esta situación se agrava en los casos de grupos vulnerables, pues la prisión preventiva es una doble o, incluso, triple condena: se sanciona con una pena anticipada de prisión y, además, es una condena de estigmatización familiar y social que hace mucho daño a las personas. Pero más grave aún, la prisión preventiva golpea en forma más dura a las personas en situación de pobreza extrema que no pueden acceder a una defensa adecuada y, por estar privadas de la libertad, condenan a la precariedad y a permanecer en pobreza a sus familias.
En los posicionamientos iniciales, cuatro ministros --entre ellos Jazmín Esquivel una de las propuestas por López Obrador--, se mostraron en contra del proyecto que buscaba la inaplicabilidad de la prisión preventiva oficiosa; tres de ellos porque consideraron que la Corte no puede declarar inconstitucional la propia Constitución; mientras que uno más apostó por que la medida no correspondía con la Carta Magna.
Para que el proyecto que propone la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa sea avalado se requieren de los votos a favor de 8 de los 11 ministros que integran el pleno de la Suprema Corte. Si no se alcanzan los votos requeridos, la propia Corte puede establecer una jurisprudencia en la que establezca que la prisión preventiva debe existir, pero con la garantía de que el juez valore las causas y que no se imponga esta medida como oficiosa o automática. El tema da para más.
Según los datos de la CMDPDH, cuya cifra acumulativa comienza desde 2006, hasta 2021, en México habría 360 mil desplazamientos forzados internos (PDI) en eventos masivos por violencia. De acuerdo con los boletines mensuales de la CMDPDH, en el año 2021 hubo alrededor de 28,000 nuevos desplazamientos masivos por violencia y en lo que va de este año, esa cifra puede llegar a más de 30 mil.
Estos desplazamientos, generados principalmente en estados como Zacatecas, Chiapas, Oaxaca, Veracruz, Guerrero, Michoacán y Guanajuato, entre otros, están relacionados con la violencia, lamentablemente. Ante el aumento en la incidencia de hechos delictivos, los cuales continúan con una tendencia creciente, pese a la intervención de las autoridades es, en alguna medida, consecuencia de características particulares de las diversas regiones en el país, así como de la disputa de ciertos territorios entre grupos delincuenciales, elementos que en la actualidad provocan DFI de personas en diversas latitudes del territorio nacional.
Por cuanto hace a desastres naturales, se advierte que existen circunstancias bajo las cuales los desplazamientos pueden evitarse, particularmente las relacionadas con la ubicación de comunidades, pueblos o ciudades en áreas de alto riesgo por posibles deslaves, desbordamiento de ríos, inundaciones, incendios, los efectos de un huracán; por ello, las autoridades tienen la obligación de iniciar acciones encaminadas a procurar las mayores condiciones de seguridad.