Adultos mayores, guía bioéticas y discriminación/Gerardo Herrera Pérez
Adultos mayores, guía bioéticas y discriminación
Gerardo A. Herrera Pérez.
Absolutamente todas las familias mexicanas, tenemos padres, o padres y abuelos, o, hermanos, tíos que son adultos mayores, amigos, vecinos de toda la vida, nuestros jefes, maestros o maestras que nos formaron, es decir, que rebasan los 60 años de edad; este grupo de edad es considerado vulnerable, pero ahora también un grupo de riesgo de conformidad con el documento Pandemia y Derechos Humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos preparado en el marco del Covid-19.
Los adultos mayores son personas que han contribuido a la sociedad, dieron la vida y su trabajo, son la memoria histórica de nuestro pasado inmediato, es la gente que conserva la sabiduría, y son nuestra familia, debemos cuidarlos y protegerlos, esa también es una función del Estado mexicano.
La tarde de ayer, pregunte a diversas personas que opinaban sobre la situación de la “Guía Bioética de Asignación de Recursos de Medicina Critica”, hoy, ya denominada “Proyecto Guía de Triaje para la Asignación de Recursos de Medicina Critica” , es decir que un equipo de triaje tomara decisiones sobre que pacientes deberían de salvar si no hay suficientes equipos de terapia intensiva, la guía precisa solo criterios de edad, es decir, que se salvaría a los jóvenes respecto de los adultos mayores; sin excepción expresaron que todos tienen iguales derechos, así, el “Gobierno debe de atender a todos por igual”.
Por otro lado, a todas las personas mayores de edad, los protege el sistema universal de derechos humanos; así como el marco jurídico constitucional de México, no obstante una Convención importante en estos momentos, que aprobó el Sistema Regional “Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”, adoptada el 15 de junio de 2015, no ha sido ratificada por el Estado mexicano, de cualquier manera le asisten todos los documentos jurídicos en materia de derechos humanos suscritos y ratificados por México ante la Organización de Estados Americanos (OEA).
Como antecedentes se tiene que el Consejo de Salubridad General presento el borrador de la “Guía Bioética de Asignación de Recursos de Medicina Critica”, que después de diversos posicionamientos de distintos actores sociales e institucionales (UNAM, CNDH), lo sustituyo por el documento “Proyecto Guía de Triaje para la Asignación de Recursos de Medicina Critica”, la cual, definitivamente, debería de ser consultada con la sociedad, para una vez tenidos las observaciones deberá ser debidamente revisada y aprobada por los vocales del Consejo, para después publicarla en el Diario Oficial de la Federación para que surta efectos, situación que aún está pendiente.
Una de las tensiones para la aprobación de la Guía es que la misma no fue ampliamente discutida por los sectores involucrados, entre ellos, por el rector de la UNAM, quien es vocal del Consejo de Salubridad General y organizaciones de la sociedad civil que atienden a los adultos mayores y otros segmentos de la población igualmente que se encuentran en riesgo.
Uno de los grandes retos de la Guía es brindar a todos y todas las personas contagiadas acceso a la medicina critica sin importar la edad, toda vez que el derecho a la salud es vinculante para México, tanto de los Sistemas Universal de la ONU, como Regional de la OEA en materia de protección de los derechos humanos; pese a ello, los criterios que se utilizan son utilitaristas, pero además no se puede pensar que la ética está vinculada solo a los respiradores, sino en general a todo el sistema hospitalario.
Por otro lado la Guía tampoco puede prescribir criterios que pudieran ser constitutivos de generar un acto de discriminación indirecta para las personas adultas mayores, toda vez que generaría violación al derecho a la salud, a la vida y a su integridad personal.
Diversas organizaciones de la sociedad civil que atienden no solo el tema de adultos mayores, sino el de discapacidad, se han pronunciado porque la utilización de los recursos de la medicina crítica y su acceso no deben estar vinculadas con la edad, la discapacidad o cualquier otra que señala el párrafo quinto del Artículo Primero Constitucional, sino, ratifican deben aplicarse en el marco del derechos de todos y todas al derecho a la salud. Así lo expresaron Dela de la Cruz presidenta del patronato de “Cadne A.C.”, Miguel Ángel Martínez, de “Ángel de Corazón porque te Nace Ayudar, A.C.”, doctor Alejandro Figueroa López, del colectivo de “Club de la Tercera Juventud Feliz”, así como a la organización de base comunitaria, Por amor a mi tierra Apatzingán, que dirige Emily Stephanie Domínguez.
Es decir, la Guía requiere de ser consultada con amplios sectores de la sociedad, para si existe algún posicionamiento puedan sus comentarios ser atendidos por el Consejo de Salubridad General.