Ya no servirá de excusa el parentesco para evadir penas por feminicidio
MORELIA, Mich., 26 de septiembre de 2022.- El parentesco ya no será excusa para evadir la pena máxima por el delito de feminicidio, luego de que se apruebe la reforma al artículo 118 del Código, ya dictaminada a favor por las comisiones de Justicia y la de Igualdad Sustantiva y de Género del Congreso del Estado.
Hasta ahora, quien comete feminicidio puede alegar homicidio en razón de parentesco, el cual se castiga con prisión de 20 a 35 años, y suspensión de los derechos que tenga con respecto a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio, hasta por el mismo término de la pena impuesta.
El homicidio en razón de parentesco es cuando se priva de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, adoptante o adoptado, cónyuge, pareja, concubina o concubinario.
Por ser una pena menor y, considerando que la mayoría de los asesinatos de mujeres son cometidos por sus parejas, la reforma que en los próximos días aprobará el pleno de la 75 legislatura es para establecer que cuando en el homicidio en razón de parentesco se acredite alguna de las causales establecidas para el delito de feminicidio, se impondrá la pena prevista para el feminicidio, la cual será hasta de 60 años de prisión.
Esta reforma forma parte de un paquete de 12 iniciativas de ley a diversos artículos del Código Penal para sancionar el feminicidio.