Terapia con cargo al Estado para víctimas y victimarios de violencia
MORELIA, Mich., 24 de mayo de 2020.- Los generadores de violencia familiar y sus víctimas tendrán tratamiento psicoterapéutico con cargo al Estado, a partir de que entren en vigor reformas al Código Penal, ya aprobadas en la Comisión de Justicia del Congreso del Estado.
De acuerdo con el dictamen el tratamiento se otorgará a través de instituciones públicas, cuyos servicios deberán ser integrales y especializados y dichas instituciones deberán informar periódicamente al juez sobre los avances del tratamiento. En todo momento el Juez podrá ordenar las medidas necesarias para el cumplimiento de estas disposiciones.
El Estado preverá lo necesario para que las víctimas del delito accedan de manera gratuita a atención psicoterapéutica y a información para su protección y prevención.
Con esas reformas que consisten en adiciones al artículo 178 del Código Penal se establecen también agravantes del delito para aumentar hasta en una mitad las penas cuando la víctima sea menor de edad, adulto mayor de sesenta años esté embarazada o tenga hasta tres meses posteriores al parto.
Lo mismo está previsto para cuando la víctima no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo o el delito se cometa en el lugar y durante el periodo de tiempo que, previa resolución de autoridad competente, se decrete o se recomiende la limitación del tránsito de personas en espacios públicos.
La pena para el delito de violencia familiar es uno a cinco años de prisión, suspensión de los derechos que tenga respecto de la víctima por el término de la pena de prisión impuesta, incluidos los de carácter sucesorio y prohibición de ir a un lugar determinado o residir en él.