Reconoce CNDH a SCJN por declarar inconstitucional penalizar el aborto
CIUDAD DE MÉXICO, 8 de septiembre de 2021.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reconoce la resolución de las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declararon inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto o a quien la hiciere abortar con el consentimiento de aquella.
De acuerdo con un comunicado, dicha resolución implica un avance histórico para la progresividad de los derechos humanos de las mujeres, en particular sus derechos reproductivos, a decidir y a la igualdad sustantiva.
Además, sienta un precedente para todas las entidades federativas, quienes a partir de esta fecha no podrán criminalizar a las mujeres que interrumpan el embarazo, y estarán en la obligación de adoptar medidas para que las personas gestantes tengan acceso a la interrupción del embarazo en condiciones dignas, adecuadas e igualitarias.
En ese sentido, la CNDH ha sido clara en su postura respecto a que criminalizar a las mujeres que deciden interrumpir su embarazo es violatorio de los derechos humanos, ya que se trastoca su dignidad, su autonomía y su derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Esta Comisión Nacional exhorta a las autoridades competentes en cada estado para que, como en el caso del estado de Coahuila, se otorgue carácter retroactivo en favor de las mujeres en reclusión por aborto, para que se tomen las acciones pertinentes y puedan quedar en libertad, en estricto apego a la argumentación establecida por las y los ministro de la SCJN.
Asimismo, extiende su exhorto a los Congresos estatales a efecto de que den continuidad a esta resolución, armonizando las leyes en sus entidades federativas.