Penarían encubrimiento de feminicidios sin importar vínculo con imputados
MORELIA, Mich., 16 de noviembre de 2022.- Eliminar las excusas absolutorias a aquellas personas que, de manera voluntaria y en pleno uso de sus facultades encubran a un presunto feminicida y puedan ser sujetos a una pena por la comisión del delito de encubrimiento, sea cual sea su vínculo con el imputado, proponen diputados de Morena.
Julieta García, Anabet Franco, Margarita López y Juan Carlos Barragán presentan este miércoles una iniciativa para que en Michoacán aplique la llamada Ley Monse, impulsada en Veracruz, luego de que se demostró cómo el encubrimiento entorpece gravemente el acceso a la justicia para las mujeres.
Montserrat Bendimes, a sus 20 años, fue golpeada brutalmente por Marlon N., quien fuera su pareja sentimental, causándole graves heridas y, posteriormente, la muerte. El agresor y presunto feminicida, por medio de la ayuda de sus padres, logró escapar.
En noviembre de 2021 se dictó prisión preventiva oficiosa en contra de Diana Elizabeth y Jorge Ignacio, padres de Marlon, por su participación en el feminicidio de Montserrat; no obstante, su hijo y principal responsable apenas fue aprendido apenas el 3 de junio de este 2022, pasando más de un año prófugo, tiempo suficiente para escapar, de no ser por una denuncia anónima al ser visto en la casa de su abuela.
El caso de Montserrat no ha sido el único en su tipo, pero sí uno de los más notables alrededor del país, el cual demuestra claramente que el encubrimiento puede ser una de las principales vías de apoyo para los feminicidas, acción que puede obstaculizar, entre muchas otras cosas, la investigación, obtención de pruebas y el acceso a la justicia para la víctima.
Impulsar la Ley Monse es parte de la agenda feminista, de donde la tomaron los diputados morenistas para que aplique en Michoacán, y por ello su propuesta de reformar el Código Penal en la misma dirección y dejar sin espacio de acción a los responsables de feminicidio para dar justicia a sus víctimas e impedir la repetición del delito.
Actualmente, el Código Penal en su artículo 280 tipifica el delito de encubrimiento por favorecimiento, y en su numeral 281 contiene las medidas absolutorias, haciendo inviable sancionar a quien encubra a un responsable de un delito cuando se haga por interés legítimo, siempre y cuando sean familiares directos, o se tengan lazos de amor o respeto, obstaculizando el acceso a la justicia a todas las víctimas, consideran los diputados.