En 7 años Michoacán acumula 153 denuncias de tortura
MORELIA, Mich., 5 de diciembre de 2022.- En los últimos seis años, la Fiscalía General del Estado inició 150 carpetas de investigación por el delito de tortura; el año 2017 fue el que más casos registró.
Las cifras oficiales advierten que en el presente año se ha presentado una denuncia; en 2021 no se realizó ninguna; 12 en 2020; en 2019 y 2018 se reportaron 26 y 21, respectivamente; en tanto que en 2017 se llegó a 54 querellas en contra de las autoridades locales, y 39 en 2016.
A pesar de la cantidad de denuncias, hasta ahora no hay registro reciente de sentencia condenatoria contra las autoridades ni recomendación ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) por tal delito, confirmaron fuentes oficiales de ese organismo autónomo.
Una de las causas recurrentes, explicaron, es que se inicia la queja como tortura, sin embargo, al hacer las investigaciones y aplicación de protocolos para detectar la tortura, se determina que no hubo tal, es decir, no se golpeó o maltrató física o emocionalmente a una persona con la finalidad de obtener una confesión incriminatoria, objetivo principal de la tortura.
La Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, considera que la tortura integra los siguientes elementos:
1) Es un acto intencional que causa dolores, penas y sufrimientos físicos o mentales
2) Es infringida siempre a una persona
3) Su objetivo es obtener información o confesión, castigar o intimidar
4) El agente activo de la tortura es un funcionario público u otra persona a instigación del primero
5) No se considera como tortura las penas y sufrimientos que sean consecuencia de medidas o sanciones legales.
El fenómeno de la tortura en las personas produce tal daño en las personas que cambia su comportamiento a nivel individual, familiar y social, de acuerdo a la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
“Consecuencias inmediatas-traumáticas. Comprenden estrés, conmoción y desorganización de la personalidad de la víctima. Incredulidad, paralización temporal y negación de lo sucedido, terror, aturdimiento, desorientación, sentimientos de soledad, depresión, vulnerabilidad, angustia y depresión”, expresa el estudio del comportamiento criminológico del fenómeno de detenciones arbitrarias y su relación con la desaparición forzada, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Porque, aunque las leyes en México “garantizan”, al menos en letra, que las personas deben ser respetadas en sus derechos humanos y legales, en México se ha documentado que esta práctica tan antigua aún persiste; hace seis días la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió la más reciente recomendación por el delito de tortura contra la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
“La Recomendación 74VG/2022 a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez Velázquez, por violaciones graves a los derechos humanos a la libertad personal por detención arbitraria, a la libertad sexual por realizar actos de esa naturaleza en una persona sin su consentimiento, así como a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura en agravio de dos personas…”, dice a la letra el texto oficial, es decir, a 542 años de haberse erigido la Santa Inquisición y el Santo Oficio con todos sus instrumentos de tortura, mantiene su vigencia en el México moderno.