Emite CNDH recomendación al fiscal estatal y al alcalde de Apatzingán
CIUDAD DE MÉXICO, 3 de febrero de 2022.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos dirigió la recomendación 08/2022 a la titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez; al fiscal general del estado de Michoacán (FGEM), Adrián López Solís, y al presidente municipal de Apatzingán, José Luis Cruz Lucatero, por violaciones a los derechos humanos de una persona agraviada cometidos por personal de la entonces Policía Federal, ahora Guardia Nacional (GN), de la entonces Procuraduría General de Michoacán, hoy Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGEM), y por parte del personal del Ayuntamiento de Apatzingán, Michoacán.
De acuerdo con un comunicado de prensa, el 21 de diciembre de 2015, una persona que trabajaba en una funeraria informó a un familiar de la víctima que el cuerpo de su hermano se encontraba en el Servicio Médico Forense del Municipio de Apatzingán, Michoacán. Acudió al lugar, donde un médico legista de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán le comunicó que su familiar había fallecido el 18 de diciembre del mismo año. El agente del Ministerio Público del fuero común en el estado de Michoacán le hizo saber que la víctima se había “suicidado” en las instalaciones de la Dirección de Seguridad Pública del Ayuntamiento de Apatzingán, cuando se encontraba bajo custodia de personal de la entonces Policía Federal.
El 24 de diciembre de 2015, familiares de la persona agraviada formularon queja ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán, la cual fue remitida a este Organismo Nacional. Después de investigar los hechos, la CNDH contó con elementos para acreditar violaciones a los derechos humanos de la víctima, a la seguridad jurídica, a la protección de la salud por omitir proporcionar atención médica durante el periodo que permaneció privado de la libertad; así como a la integridad personal, y al acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia en agravio de sus familiares.
Con base en lo anterior, este Organismo Nacional emitió la Recomendación 08/2022, dirigida a la secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, al fiscal general del Estado de Michoacán y al presidente municipal de Apatzingán, en la que en términos generales se les recomienda:
Que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y una vez que ésta emita el dictamen conforme a los hechos acreditados en la presente Recomendación, la autoridad recomendada procederá a la reparación del daño a los familiares que conforme a derecho corresponda, con motivo del deceso de la víctima en términos de la Ley General de Víctimas; que se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas, con la finalidad de que tengan acceso a los Recursos de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral correspondiente y se les otorgue atención psicológica y tanatológica, que incluya compensación con base en las evidencias planteadas.
Que colaboren en la integración de la queja que el Órgano interno de Control de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Contraloría de la Fiscalía General del Estado de Michoacán y la Contraloría del Ayuntamiento de Apatzingán elaboren contra los servidores públicos implicados en la violación a los derechos humanos de las víctimas.
Que diseñen e impartan sendos cursos integrales dirigidos al personal de la Coordinación Estatal en Michoacán de la Guardia Nacional, al personal ministerial y de servicios periciales adscrito a la Fiscalía Regional de Apatzingán, Michoacán, al personal médico adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública del Municipio de Apatzingán, en los que se incluya a las personas responsables de los hechos mencionados en la Recomendación, sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, el derecho a la seguridad jurídica, a la integridad personal, a la debida procuración de justicia, así como elementos específicos para cada área enfocados a las fallas que mostraron en el trato a la persona agraviada. Estos contenidos deberán ser efectivos para prevenir hechos similares a los que dieron origen a la Recomendación mencionada.
Esta Recomendación ya fue notificada a su destinataria y destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx.