Atiende CFCRL a 21 de cada 100 beneficiarios que les niegan Afore o SAR
MORELIA, Mich., 16 de octubre de 2023.- Recuperar las aportaciones del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) o de una Administradora de Fondo para el Retiro (Afore), por parte de los beneficiarios de un trabajador que fallece antes de pensionarse puede ser todo un calvario.
Y no son pocos ya que, 21 de cada cien casos que se atienden en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) en Michoacán son por este motivo o porque el Infonavit niega la devolución de los recursos de la subcuenta de vivienda, afirmó el director Edgar Félix García Díaz.
Aunque cuando se abre una cuenta para el retiro se nombra a uno o varios beneficiarios, estos no son reconocidos por las instituciones bancarias y necesariamente tiene que ser un juez el que reconozca al beneficiario para que un banco entregue el dinero.
El funcionario federal señaló que el o los beneficiarios del SAR o de un Afore deben acudir a la institución bancaria y cuando obtiene la negativa, por escrito, deben iniciar un juicio de designación de beneficiarios que pueden ser cónyuges, concubinarios, hijos o padres. Lo mismo ocurre para la devolución de los recursos de la subcuenta de vivienda del Infonavit.
Estos juicios se llevan ante los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación y es un juez el que determina que el beneficiario del trabajador sí lo es para le puedan devolver los recursos y se resuelven rápidamente porque tanto las instituciones bancarias como el Infonavit no recurren las sentencias y liberan los recursos.
Es importante saber que los beneficiarios del SAR o de una Afore tienen un plazo de 10 años, a partir de la muerte del trabajador, para solicitar la devolución de las aportaciones.
Los beneficiarios de un trabajador también pueden solicitar a la empresa en la que laboraban las vacaciones y la prima vacacional, el aguinaldo, salarios devengados, prima de antigüedad y, en caso de ser sindicalizado y haber tenido un contrato colectivo fondo de ahorro, seguro de vida o estímulos de puntualidad y asistencia de ser el caso.
Al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) también pueden solicitar ayuda para gastos de funeral, para lo que debe tener al menos 12 semanas de cotización en los nueve meses previos a la muerte del trabajador o estar vigente en sus derechos. Los beneficiarios tienen un año para solicitar el pago.
También pueden pedir pensión por viudez, los cónyuges o concubinarios; por orfandad hasta los 25 años de los hijos si están estudiando en planteles del sistema educativo nacional y por ascendencia, si los padres dependían económicamente del trabajador siempre que tuviera cónyuge, concubinario o hijos. Para acceder a estas pensiones se necesita que el trabajador haya tenido al menos 150 semanas cotizadas y estar vigente en sus derechos.