Amonestan a fiscales por hacer traslado de caso de último momento
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MORELIA, Mich., 28 de junio de 2018.– El presidente del tribunal de enjuiciamiento del infanticidio de La Colina, Noé Reyes Millán, este jueves apercibió al fiscal Guadalupe Alfredo Becerril e Isabel Sánchez Maldonado, por haber hecho el traslado del caso a una fiscalía distinta a la de relevantes de último momento.
En la audiencia de apertura del juicio oral, la fiscal solicitó un plazo para poder hacerse de la carpeta de investigación y presentar sus alegatos, ello porque fue notificada hace apenas unas horas que la recién instituida Fiscalía de Litigación de Asuntos Relevantes y Técnicas de Investigación no podría continuar con el caso y le había sido asignado.
Por ello, el juez Noé Reyes Millán pidió se notificara a Guadalupe Alfredo Becerril e Isabel Sánchez Maldonado que, de volver a incurrir en este mismo acto, se les iba aplicar como medio de apremio una multa de 100 salarios mínimos, es decir 8 mil 836.
Pero esta no es la primera vez que la Fiscalía de Litigación de Asuntos Relevantes y Técnicas de Investigación desiste de un caso. Lo mismo aconteció con el asesinato de la abogada Elsa M., asesinada en la salida a Mil Cumbres el año pasado.
También esta Fiscalía abandonó el caso de las dos mujeres asesinadas, cuyos cuerpos fueron encontrados en la presa de Cointzio, también de Morelia, es decir, en los seis meses que lleva de haber sido creada, ha desechado ya tres casos con alto impacto mediático.
Esta Fiscalía fue creada por decreto en diciembre de 2017, sin embargo, sus funciones y competencias no están claras, incluso podría suponerse un acto de discriminación porque no se estipula con claridad cuáles son los casos que podrían considerarse relevantes y bajo qué criterios pueden ser catalogados de este modo, si hay diferencia entre un robo, homicidio, secuestro o feminicidio.
Entre los artículos más específicos del decreto está el sexto, donde se establece:
“La Fiscalía de Litigación de Asuntos Relevantes y Técnicas de Investigación será competente para conocer de aquellos asuntos que así se consideren por disposición normativa, por la naturaleza de los hechos, por la situación personal de los actores, por el impacto institucional, estatal o social que ocasione el ilícito, así como de los asuntos que por su especial complejidad sean determinados como tal por el Procurador General de Justicia del Estado. Asímismo, podrá ejercer la facultad de atracción de los delitos del orden común en los que exista conexidad o relación con los delitos de su competencia".
Lo anterior deja un vacío para los ciudadanos que, de manera general, son víctimas del delito o la delincuencia, especialmente aquellos que sufren robo sin violencia, que es el mayor número de los casos.