Vence este sábado plazo para reparto de utilidades
MORELIA, Mich., 30 de mayo de 2020.- Este sábado 30 de mayo vence el plazo para que las empresas entreguen el reparto de utilidades, que para la ley es el PTU, de no hacerlo podría haber sanciones, las cuales alcanzarían los 5 mil umas por trabajador, señaló a Quadratín David Garibay, director del Trabajo y Previsión Social.
La ley marca, explicó, que después de que las empresas presenten su declaración ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), tienen tres días para entregar una copia a los trabajadores, y en caso de haber utilidades mayores de 350 mil pesos, dentro de los siguientes 60 días se debe de entregar el 10 por ciento de esas utilidades a los trabajadores de la empresa, señaló el funcionario.
Para las personas físicas el plazo se extiende hasta el 29 de junio, porque se entrega con un mes de diferencia, entonces se hace un llamado, dijo, a todas las empresas que aún no hayan entregado esta prestación, lo hagan de manera inmediata, en caso de que existan utilidades, pidió.
"Si alguna empresa no les entregó esta copia de la declaración anual a los trabajadores, o creen que haya utilidades nos pueden visitar en Miguel Silva 486 (centro) para enviar una invitación, en primer término a las empresas, para que expliquen si hubo o no reparto a los propios trabajadores, y en caso de que no haya, les hagan saber con la copia de la declaración anual que no hubo tal", explicó a este medio.
David Garibay aclaró que hay empresas que reinvierten el dinero "y en ese caso, si se reinvirtió parte de esa utilidad, por llamarlo de alguna manera, y es menor a 350 mil, no habría esa obligación", dijo y puso como ejemplo a alguna empresa que haya tenido una utilidad de un millón de pesos, pero se compró maquinaria por ese costo, no habría utilidad porque el dinero fue reinvertido.
El funcionario manifestó que dentro de la declaración anual ante el SAT, ahí se pone si se invirtió dinero en la parte de los activos, "pero hay un apartado, al parecer en la página 8, donde específicamente dice 'utilidad' y ahí, ese es el número clave porque ahí se aclara si hubo o no utilidad".
En la Dirección del Trabajo y Previsión Social han recibido de entre 50 y 80 personas para ver este tema, expresó Garibay Tena, ahora son consultados vía Facebook y se les explica que se les tuvo que haber entregado la copia de la declaración anual, algo que la ley específica, "pero muchas veces los contadores o los mismos dueños de las empresas desconocen que esto está en la Ley Federal del Trabajo, no es una ocurrencia, está especificado en la ley pero muchas veces por desconocimiento no se les entrega a los trabajadores".
El caso que se rebase los 350 mil pesos, se debe pagar esta prestación; es el 10 por ciento, el 50 por ciento de esta cantidad se reparte de manera exactamente igual a todos los trabajadores, y el restante 50 es con base a la proporción de los salarios de cada uno de los trabajadores, dejó en claro el funcionario estatal.
Dijo que era importante esta situación porque en estos momentos en que se vive la crisis sanitaria por la pandemia, sería escencial para los trabajadores, "porque es un apoyo que necesitan y además no es de que el patrón quiera o no, es una obligación marcada por la ley", reiteró.
En caso de tener alguna duda, hay que acudir a la Dirección del Trabajo y Previsión Social, o marcar a los teléfonos 4433 179003 y 17 9004. También pueden entrar a la página de Facebook de esta dependencia para ahorrarse el traslado, ahí se haría el cálculo y si es necesario pueden mandar inspectores para revisar esta situación.
El funcionario manifestó que la sanción para las empresas podría ser de 50 va a 5 mil umas por trabajador y además de dar aviso al SAT.