Declaración anual: requisitos y plazos para personas morales y físicas

MORELIA, Mich., 11 de marzo de 2025.- Del 1 de enero al 31 de marzo, las personas morales deberán presentar su declaración anual, ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer la instancia federal.
A través de su sitio en internet, el SAT detalló que en la plataforma en línea las personas morales encontrarán la información precargada sobre ingresos, devoluciones, bonificaciones, descuentos, retenciones, nómina y remanentes de ejercicios anteriores.
Las personas morales precisan de la firma electrónica activa y el servicio de banca electrónica.
En el caso de las personas físicas, la fecha para la presentación de la declaración anual es del 1 al 30 de abril. Los sujetos obligados son los trabajadores asalariados con ingresos superiores a 400 mil pesos anuales y quienes tuvieron dos o más empleadores en el último año.
Asimismo, las personas que percibieron en 2024 ingresos por honorarios, arrendamiento o venta de bienes inmuebles, actividades empresariales y rendimiento de inversiones.
Para presentar la declaración anual, el contribuyente requiere de su registro federal de contribuyente (RFC), contraseña o firma electrónica, con los que, desde la plataforma del SAT, podrá verificar la información precargada y adicionar los datos necesarios.
Además, las deducciones, como gastos médicos, colegiaturas, intereses de créditos hipotecarios y donaciones facturados a nombre del contribuyente y pagados con plástico bancario o mediante transferencia.