Vinculan a proceso a 3 por desaparición cometida por particulares
MORELIA, Mich., a 26 de abril de 2018.- La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) obtuvo vinculación a proceso en contra de tres personas relacionadas en el delito de desaparición cometida por particulares, conducta contemplada en la nueva Ley General en la materia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre pasado.
De acuerdo con un comunicado, el juez de control resolvió vincular a proceso a Miguel Ángel Q., Juan Carlos G. y Gabriel G., quienes de acuerdo con datos de prueba que integran la Carpeta de Investigación, están relacionados en la desaparición de Eridiana C. e Israel Ch., pareja que fue vista por última vez el 6 de abril pasado en la localidad de Jamaica, municipio de Tarímbaro.
La desaparición de la pareja fue denunciada cinco días después ante la PGJE, que a través de la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, aplicó los protocolos de búsqueda, en los que participaron corporaciones policiacas de los tres órdenes de gobierno.
El miércoles 18 de abril, los imputados fueron requeridos por una conducta diferente; sin embargo, al detectar que la camioneta en la que viajaban correspondía a la unidad de Eridiana C. e Israel Ch., la autoridad realizó las diligencias correspondientes, logrando obtener datos de prueba que los relacionaban en la desaparición de la pareja –cuyo paradero hasta el momento se desconoce-, solicitándose la respectiva orden de aprehensión, que fue obsequiada por el juez de control.
Una vez que se dio cumplimiento al mandato judicial, los ahora detenidos fueron ingresados al Centro de Reinserción Social “Lic. David Franco Rodríguez”, donde quedaron a disposición del juez de control, que al valorar los datos de prueba aportados por agente del Ministerio Público resolvió vincularlos a proceso por su relación en el ilícito y ordenó prisión preventiva oficiosa, así como un plazo de investigación complementaria.
En su artículo 34, la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas establece que incurre en el delito de desaparición cometida por particulares quien prive de la libertad a una persona con la finalidad de ocultar a la víctima o su suerte o paradero.
A quien cometa este delito se le impondrá pena de 25 a 50 años de prisión y de 4 mil a 8 mil días multa.