Niegan se haya suspendido desaparición de SPI
MORELIA, Mich., 24 de agosto de 2017.- La justicia federal negó la suspensión de la desaparición de la Secretaría de Pueblos Indígenas (SPI), como parte de la reestructura administrativa del Ejecutivo Estatal, a tres ciudadanos indígenas que promovieron juicios de amparo argumentando que no se les consultó tal decisión.
El consejero jurídico del Gobierno del estado, Sergio Mecino Morales afirmó que la SPI desapareció al momento en que se publicó en el Periódico Oficial el decreto 380 de la 73 legislatura con el que se aprobaron reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal.
Inclusive, indicó, en ese decretó se especificó un plazo de 60 días para crear el órgano rector de pueblos indígenas y el 17 de agosto se creó la Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y se está ya en la etapa de transición y transferencia de los recursos humanos y materiales.
Consideró que con la reestructura de la administración pública no se afectan los derechos de los pueblos indígenas, ya que trata solamente de una reorganización y se seguirán operando los mismos programas y los recursos que venían ejerciendo, solo que con menos personal.
Informó el pasado 8 de agosto recibieron notificaciones de tres juicios de amparo promovidos por tres ciudadanos, pero la suspensión del proceso les fue negada por considerar que esa medida cautelar tendría efectos restitutorios.
El acuerdo del juzgado noveno de distrito especifica: “Actos consumados.- Es improcedente conceder la suspensión, pues tendría efectos restitutorios, los cuales son propios de la sentencia que en el amparo se pronuncia”.
Se refiere la tesis de jurisprudencia aplicada: "Leyes suspensión improcedente contra expedición y promulgación de las leyes. No puede concederse la suspensión contra la promulgación y expedición de leyes, si aquellas ya se llevaron a cabo”.
Abundio Marcos Prado, ex asesor de la SPI, mintió en una rueda de prensa a la que convocó el pasado 17 de agosto, en la que afirmó que se le había concedido la suspensión del procedimiento por parte de juzgado noveno de distrito.