Insubsistente, notificación de convocatoria de sesión en Maravatío: TEEM
MORELIA, Mich., 8 de agosto de 2017.- En sesión pública celebrada en esta fecha, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, determinó dejar insubsistente la notificación de la convocatoria a la sesión ordinaria del 29 de junio del año en curso del Ayuntamiento de Maravatío Michoacán, dentro del Juicio para la Protección de los Derechos Político-electorales del Ciudadano, con la clave TEEM-JDC-022/2017, interpuesto por los regidores María Concepción Medina Morales, Angélica Vallejo Yáñez, Pablo Roberto Cruz Andrade y Leopoldo Leal Sosa, en contra del Presidente y Secretaria del Ayuntamiento mencionado, por la falta de la debida notificación a la sesión señalada.
Al respecto, el TEEM considera que asiste la razón a los promoventes en cuanto a la afectación a su derecho político electoral de ser votados, en la vertiente del ejercicio del cargo, ya que de los elementos probatorios no se acredita que los regidores hubiesen sido debidamente notificados, en virtud de que en la notificación se advierte que no fue realizada de manera personal o por el funcionario competente.
Por tanto, el Tribunal ordenó que se debe reponer dicha sesión y se vuelva a someter a deliberación y votación los puntos del orden del día establecidos en la convocatoria, quedando vigentes las determinaciones de la sesión referida por tener el carácter de interés general para el Municipio.