Va reglamento de nueva cuenta contra vehículos con vidrios polarizados
MORELIA, Mich., 29 de mayo del 2017.- En la ciudad de Morelia se ha prohíbo legalmente la circulación de vehículos polarizados que no cuenten con una justificación o permiso de la autoridad.
El nuevo reglamento de Tránsito y Movilidad de Morelia, que entró en vigor el pasado 2 de mayo, en el apartado sobre prohibiciones y obligaciones de los conductores de vehículos dice a la letra en su Título Tercero, Capítulo I, Artículo 46, Fracción XXVII (27):
“No deberá usar en el vehículo vidrios polarizados, obscurecidos o aditamentos que obstruyan la visibilidad del conductor al interior, salvo cuando éstos vengan instalados de fábrica, o cuando así se requiera por razones médicas debidamente acreditadas y con el permiso correspondiente otorgado por la Comisión…”.
Artículo que coincide con los artículos 70 y el 80, del reglamento estatal, que establecen lo siguiente:
“Art. 70. Ningún vehículo que circule en el Estado podrá llevar aditamentos que obstruyan la visibilidad del conductor, o al interior del vehículo, salvo cuando éstos vengan instalados de fábrica, de acuerdo con la normatividad expedida por la Secretaría de Economía o cuando así se requiera por razones médicas, debidamente fundamentadas ante la autoridad competente. No se permitirá la circulación de los vehículos que lleven estrellado o roto el parabrisas, cuando ello distorsione la visibilidad al interior o exterior del vehículo”
Y “Art. 80, Fracción 10. Los vehículos destinados al transporte de carga no podrán circular cuando: llevar vidrios polarizados, obscurecidos o con aditamentos u objetos distintos a las calcomanías reglamentarias, que obstruyan la visibilidad del conductor…”
De tal modo que ahora la ley municipal complementa a la del orden estatal, a la vez que refuerza la validez legal de los operativos que se han venido realizando para detectar vehículos con aditamentos que no permiten ver a los conductores.
En este nuevo reglamento se han contemplado otros sectores hasta ahora obviados en la norma, como es el caso de los peatones, comerciantes ambulantes y los ciclistas.