La Opción/Jorge Vílchez
La reelección de diputados locales y presidentes municipales aprobada por el Congreso del Estado no elimina la paridad de género en las candidaturas a esos puestos de elección popular, como lo han asegurado algunas actoras políticas michoacanas.
Ese principio constitucional de paridad de género está vigente y seguirá vigente en las elecciones del 2018.
El secretario de Elecciones del PRI, Jesús Remigio García Maldonado, y el legislador priista Sergio Ochoa Vázquez -uno de los hacedores de la reforma al Código Electoral michoacano-, coinciden en esa premisa. Ambos políticos están informados sobre el tema y tienen razón en sus opiniones.
Porque, como ellos lo refieren, es falso que se haya eliminado el principio de la equidad de género en las candidaturas a puestos de elección popular.
El artículo 41 de la Constitución General de la República obliga a los partidos políticos a garantizar el principio de equidad de enero en la selección de los candidatos a cargos de elección popular. Eso tendrá que cumplirse para el caso de las candidaturas a las diputaciones locales, a las diputaciones federales y a las Presidencias Municipales.
La diputada Socorro de la Luz Quintana León y la consejera electoral Elvia Higuera Pérez, entre otras personas, han descalificado la aprobación de la reelección de ediles y diputados locales porque, en su opinión, con ello se eliminó la equidad género en las candidaturas a esos puestos de elección.
Pero esas declaraciones de ambas políticas denotan desinformación y desconocimiento en el tema electoral ya aprobado.
Los diputados locales no tendrían por qué haber omitido ese precepto constitucional. Corrían el riesgo de que en el futuro sean sancionados.
¿Qué les sucedió a los 7 consejeros del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas (IEPC) por haber omitido el principio de equidad de género en el registro de los candidatos para el proceso electoral el 2014? Todos fueron destituidos por el INE en mayo del año pasado.
El mandato constitucional es claro y no da pie a otras interpretaciones.
Serán los partidos políticos los que decidan quiénes podrán reelegirse y quiénes no a las Presidencias Municipales o a las Diputaciones locales.
Pero, también, los mismos organismos políticos decidirán en qué municipios y en qué distritos electorales habrá candidatas y candidatos. Y será el 50 por ciento de candidaturas a mujeres y 50 por ciento de candidaturas para hombres, en ambos procesos locales, así como para el federal.
Así, quienes creen y opinan que la reelección de ediles y legisladores, aprobada por el Congreso estatal, haya eliminado en automático el principio de equidad de género acusan desinformación en la materia electoral y del mandato constitucional que existe al respecto.
Y sí, a esas personas inconformes no les que queda más que informarse y estudiar, o no hablar sin conocimiento del tema.
Al tiempo.
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