Ante TEEM 11 juicios ciudadanos en lo que va de 2017
06 de mayo de 2017
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20:00
Dalia Villegas Moreno/Quadratín
MORELIA, Mich., 06 de mayo de 2017.- En lo que va del año el Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) ha dado trámite a 11 Juicios Ciudadanos (JDC) que constituyen recursos de impugnación para reclamar, entre otros, violaciones a derechos políticos; cuestionamientos a la aplicación de recursos públicos y reducción injustificada de salarios.
De acuerdo con información del TEEM, en el juicio TEEM-JDC-001/2017, como promovente Juan Pérez Medina impugnó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del órgano político Morena, que determinó imponer al quejoso, una sanción consistente en la suspensión de sus derechos partidarios, por un periodo de un año por supuestas violaciones estatutarias referentes a la realización de denostaciones, calumnias y difamaciones contra sus órganos directivos, en varios medios de comunicación.
Sobre el caso el TEEM desechó de plano la demanda presentada por Juan Pérez Medina, en contra de la resolución CNHJ-MICH- 211/16, emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena, el dieciséis de noviembre del año dos mil dieciséis debido a que no fue presentado dentro del plazo de cuatro días establecido en el numeral 9 de la ley adjetiva electoral.
Otro de los casos fue el TEEM-JDC- 002/2017, donde la regidora de Maravatío, María Concepción Medina Morales, impugnó el oficio CMM/019/03/17 signado por el Contralor Municipal de ese ayuntamiento, en que le notifica el Pliego Preventivo de Responsabilidades y le informa que no podrá ejercer recursos públicos del Municipio en proyectos de su comisión; argumentando además una indebida notificación del mismo.
En este caso el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán resultó incompetente por razón de materia para conocer y resolver del presente asunto. Asimismo, se dejan a salvo los derechos de la actora María Concepción Medina Morales, a fin de que los haga valer ante la autoridad que estime competente.
En juicio TEEM-JDC-005/2017, autoridades representantes de la comunidad indígena, y diversos ciudadanos, todos de San Felipe de los Herreros, municipio de Charapan, impugnaron la negativa del Ayuntamiento a entregarles los recursos públicos que les corresponden, conforme al principio de proporcionalidad poblacional.
El TEEM ordenó al Ayuntamiento de Charapan, Michoacán, que entregue los recursos públicos correspondientes a la comunidad de San Felipe de los Herreros, teniendo como parámetro, el convenio de veintitrés de febrero de dos mil dieciséis, celebrado entre ese Ayuntamiento y las autoridades representantes de la comunidad indígena referida.
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