Registro de animales domésticos y uso de placas, propone PVEM
MORELIA, Mich., 16 de abril de 2017.- Todo animal doméstico deberá ser registrado ante la autoridad municipal, especificando su especie, raza, género, edad y estado de salud, así como los datos generales del propietario y sólo en caso de defunción será dado de baja del padrón, propone la diputada del Partido Verde Ecologista de México, Juanita Noemí Ramírez Bravo.
Además, los animales deberá portar una placa con el número de registro, el cual servirá para identificar al propietario en caso de pérdida, abandono, accidente o cualquier otro supuesto que pudiera presentarse
En una iniciativa de ley que presentó al pleno de la 73 legislatura del Congreso del Estado pretende que en el caso de la adopción tanto los animales como los humanos sean evaluados por personal capacitado.
Con esa propuesta son dos las que se acumulan en la actual legislatura para que los animales, sin perjuicio de su naturaleza o función, cuenten con principios de protección, bienestar, manejo y aprovechamiento como el respeto a su vida e integridad física; trato, manejo y sacrificio dignos y adecuados; condiciones para su desarrollo natural durante su ciclo vital en las condiciones propias de su especie; alimentación adecuada y suficiente; y espacio suficiente y reposo necesario de acuerdo a su especie.
Para esto se precisan facultades a los ayuntamientos para la operación o concesión en su caso de los rastros municipales, vigilando que se cumplan las normas sanitarias y se practique el sacrificio humanitario a las especies animales destinadas para el aprovechamiento humano.
La regulación, vigilancia y otorgamiento de permisos a los establecimientos mercantiles o giros comerciales que involucren el manejo de animales cuando éstos cumplan con las disposiciones de la Ley; el otorgamiento de permisos para eventos, ferias o espectáculos públicos que involucren el uso de animales, bajo un criterio de seguridad, trato digno y de procuración de la salud pública.
Incluso se especifica que son los ayuntamientos los que deben retirar los cadáveres de animales de la vía pública o de cualquier espacio, cuando estos representen un peligro para la salud humana y el bienestar en general; capturar los animales abandonados en la vía pública y canalizarlos a los centros de control animal o a las asociaciones protectoras legalmente constituidas y registradas; sancionar la venta de animales en la vía pública cuando representen un peligro para la salud pública; promover entre la ciudadanía el respeto y trato digno a las especies animales.