Rechaza Congreso reforzar medidas de seguridad en guarderías
MORELIA, Mich., 9 de abril de 2017.- Los integrantes de la 73 legislatura del Congreso michoacano consideraron que no es necesario especificar los equipos con los que deben de contar las guarderías infantiles porque las leyes federal, estatal y municipal ya lo enuncian y declararon improcedente la propuesta de la diputada del Partido Verde Ecologista de México, Juanita Noemí Ramírez Bravo.
En mayo de 2016 la legisladora propuso que se precisara en la Ley para la Prestación de Servicios de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil la obligación de los centros de atención para contar con equipos, al menos, portátiles y fijos, contra incendios, que por supuesto implique el mantenimiento correspondiente y la debida capacitación del personal autorizado para que, con eficacia y eficiencia, den buen uso y adecuado funcionamiento a dichas herramientas en una situación de emergencia de incendio.
Quería que además de que las guarderías cuenten con instalaciones de acuerdo con la normatividad federal, estatal y municipal, observen los lineamientos que regulan las Normas Oficiales Mexicanas en el rubro; lo que, complementaría lo ya establecido para que las autoridades estatales y municipales verifiquen las disposiciones sobre seguridad y su cumplimiento se apegue a lo dispuesto en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.
Sin embargo los legisladores consideraron que es suficiente con lo que se establece en el artículo 41 de dicha ley: “Los Centros de Atención deberán contar con instalaciones hidráulicas, eléctricas, contra incendios, de gas, intercomunicación y especiales, de acuerdo con la normatividad federal, estatal y municipal”.
La justificación fue que el 24 de octubre del año 2011, habiéndose aprobado por el Congreso de la Unión, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, el congreso del estado ya hizo la armonización correspondiente.