Exonera TEEM a Ramírez Bedolla de presunta violación a norma electoral
MORELIA, Mich., 16 de junio de 2024.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) exoneró al gobernador Alfredo Ramírez Bedolla y a los senadores electos Celeste Ascencio y Raúl Morón, de presuntas violaciones a la normativa electoral, debido a eventos en la Casa Michoacán.
En sesión pública, el Pleno dio trámite al asunto TEEM-PES-043/2024, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, así como violación a los principios de imparcialidad, legalidad, neutralidad y equidad en la contienda.
El magistrado ponente, Salvador Alejandro Pérez Contreras, propuso al Pleno enviar lo referente a Celeste Ascencio y Raúl Morón al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para que conozca de los hechos vinculados a las entonces precandidaturas a la senaduría.
En cuanto a los demás denunciados, se declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas, pues aunque se acreditó la realización de una reunión en la Casa Michoacán, entre Ramírez Bedolla y diversos ciudadanos que, salvo uno, a la postre fue registrado en una candidatura local.
“No se acredita la totalidad de los elementos para los actos anticipados de precampaña y campaña. De la imagen y mensaje de las publicaciones realizadas por Ramírez Bedolla se advierte que lo que se pretende es dar a conocer la reunión con diferentes actores del movimiento de la transformación para compartir puntos de vista”, citó la sentencia.
Y es que, se argumentó que en dicho evento no se hizo ningún llamado a votar por alguna fuerza política, ni se expuso alguna propuesta o promesa de campaña o una plataforma electoral. Además, no hay evidencia de que las publicaciones tuvieran su origen en un evento partidista o proselitista.
También la promoción personalizada se declaró inexistente, pues de las publicaciones no se observó que se difundieran expresiones resaltando las cualidades de los denunciados, o para llamar a votar a favor de algún partido o candidatura, pues la actuación se limitó a informar sobre la reunión en la que se compartieron puntos de vista sobre la gestión del gobierno estatal y la ruta a seguir en beneficio de las y los michoacanos.
En relación al uso indebido de recursos públicos, y violación a los principios de imparcialidad, legalidad, neutralidad y equidad en la contienda, también declaró inexistente; pues aunque los quejosos aducen que la reunión del 5 de febrero se trató de un evento partidista y electoral, el TEEM determinó que aquél encuentro no fue proselitista.
Así pues, el TEEM sentenció que no se halló evidencia de que el Gobernador se haya aprovechado de forma alguna de su cargo público, de las funciones que realiza, ni de los recursos públicos que tiene a su disposición o de cualquier otra forma de manifestación de la función pública que desempeña, para promocionar a los demás ciudadanos denunciados e influir en la ciudadanía en el presente proceso electoral.
"Al no acreditarse las conductas denunciadas, no resulta procedente tener por actualizada la vulneración al deber de cuidado de los partidos Morena, PT y PVEM" sentenció el TEEM.