Confirma TEPJF inexistencia de infracciones a Alfonso Martínez
TOLUCA, Edomex, 8 de abril de 2024.- El día de hoy, lunes 8 de abril del año en curso, las magistraturas que conforman el Pleno de la Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con sede en la ciudad de Toluca de Lerdo, en el Estado de México, por votación unánime en el juicio electoral ST-JE-49/2024, determinaron confirmar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, dictada en el Procedimiento Especial Sancionador, en que se declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas al Presidente Municipal de Morelia; y de la culpa in vigilando atribuida a los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, consecuencia de la participación del primero de los mencionados en un evento presuntamente partidista, que en concepto del denunciante vulnera los principios de imparcialidad y neutralidad; e implica el uso indebido de recursos públicos.
En comunicado de prensa de la Sala Regional de Toluca indica que lo anterior, al estimar inoperantes e infundados los agravios presentados, toda vez que el hecho denunciado respecto del Presidente municipal de Morelia, no constituye un acto proselitista porque según quedó establecido en la sentencia aprobada, se trató de un acto privado, no realizado con recursos públicos municipales, y cuyo actuar no se demostró que estuviera dirigido a influir en la voluntad del electorado para favorecer u oponerse a alguna de las personas que participaron, presentar una plataforma electoral, solicitar el voto o posicionarse en la preferencia del electorado.
“Documento con fines de divulgación. Las sentencias son la única versión oficial.”