Deslinda TEEM a candidatos de presentar carta de no antecedentes penales
MORELIA, Mich., 19 de marzo de 2024.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) determinó que quienes busquen ser candidatos a diputados o a integrar gobiernos municipales, para las elecciones del 2 de junio, no estarán obligados a presentar carta de antecedentes no penales para obtener su registro.
Así lo resolvió el TEEM la tarde de este martes, al dar la razón a los partidos TiempoXMéxico, PAN, Verde, PT, Morena, Michoacán Primero, PRD, Movimiento Ciudadano y a Oscar Fernando Carbajal Pérez, en calidad de ciudadano, quienes impugnaron el acuerdo del Instituto Electoral de Michoacán, que, entre otros lineamientos, estableció ese requisito.
La ponencia de la magistrada Yolanda Camacho propuso inaplicar el Código Electoral y sus correlativos de los Lineamientos del IEM, al señalar que la carta de antecedentes no penales es una restricción injustificada al derecho a ser votado, pues no es tendiente a demostrar que la ciudadanía reúne las calidades de ley para ejercer el cargo al que aspira.
Como parte de las impugnaciones al acuerdo IEM-CG-36/2024, los referidos partidos también lograron tumbar el requisito establecido por el IEM de contar con 21 años para ser candidato en Michoacán, pues se argumentó que ello contraviene la Constitución General de la República, en que se establece una edad suficiente de 18 años.
Por otro lado, el TEEM no dio la razón a los partidos que buscaban que los candidatos no estén obligados a presentar informes patrimoniales y de situación fiscal, con el argumento de la protección de datos personales.
Y es que, al respecto, con un criterio distinto al de 2021, el Pleno del TEEM consideró que cumplir con este requisito fortalece la transparencia y la rendición de cuentas por parte de quienes aspiran a ejercer un cargo de elección popular, por lo que eso es lo que debe de ponderarse.