Define IEM cómo se contarán los votos en Michoacán el 2 de junio
MORELIA, Mich., 1 de marzo de 2024.- Quedaron establecidas paso a paso las acciones que deben realizarse la noche de la jornada electoral del 2 de junio en Michoacán, a partir del momento en que llegue de la casilla cada paquete electoral, al comité distrital o municipal que corresponda.
El Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aprobó los lineamientos para las sesiones de cómputo; la presidenta de la Comisión de Organización Electoral, Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León, dio a conocer los detalles de las disposiciones, establecidas en apego al Reglamento de Elecciones del INE.
Para la elección correspondiente, hasta la entrega de las constancias de mayoría a las candidaturas electas de Mayoría Relativa y de representación proporcional, el cotejo de actas de escrutinio y cómputo y la asignación de regidurías por el principio de Representación Proporcional, se realizarán en términos del Código Electoral.
Para el recuento total de votos, los órganos desconcentrados deberán disponer de lo necesario para que sea realizado sin obstaculizar el escrutinio y cómputo antes señalado; se deberán estas actividades de forma simultánea, dividiendo en forma proporcional los paquetes que serán objeto de recuento.
En casos excepcionales, cuando las condiciones de espacio o seguridad no sean las adecuadas para el desarrollo de la sesión de cómputo de las elecciones locales en la sede del consejo correspondiente, se podrá prever la ocupación de una sede alterna.
Si al término de la jornada electoral se advierte que, con base en lo asentado en los resultados electorales preliminares se requerirá un recuento total o parcial amplio y no se cuenta con las condiciones mínimas necesarias en la sede del órgano competente, inmediatamente se tomarán las previsiones necesarias para una sede alterna.
Se deberá mantener comunicación con el propietario o responsable del inmueble seleccionado en el proceso de planeación; lo anterior, para tener certeza de la disponibilidad del espacio que será puesto a consideración del órgano competente en la sesión extraordinaria que se celebre el día previo al inicio de los cómputos.
Si no hay condiciones idóneas para el adecuado desarrollo de la sesión de cómputo en las instalaciones de los consejos distritales y municipales, se solicitará a la presidencia del Consejo General, el uso de las instalaciones de las Oficinas Centrales del IEM, como sede alterna, en apego al protocolo de traslado establecido.