Para 2024, proponen cobrar por vehículos de plataformas digitales
MORELIA, Mich., 26 de noviembre de 2023.- La propuesta gubernamental de Ley de Ingresos para 2024 considera el pago de nuevos derechos que afectan a los prestadores de los diversos servicios de transporte público, derivados de la entrada en vigor de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial.
Se argumenta en la iniciativa que los montos establecidos para los nuevos conceptos se fundamentan en un trabajo de revisión normativa y análisis comparativo con diversas entidades del país en cuanto a modalidades y servicios de transporte similares, realizado por las áreas técnicas de lo que fue la Comisión Coordinadora del Transporte.
Esto da pie a la regularización de conceptos de derechos de nuevas modalidades y servicios, asociados a trámites de acreditación y registro, autorización y otorgamiento, renovación y verificación periódica de la operación, entre otros.
Se incluyen por primera vez los servicios especializados de transporte para personal agrícola, de transporte funerario para traslado de dolientes y restos humanos, de servicios de paquetería exprés y bicicletas colectivas, sin dejar de lado las modalidades ya reguladas como transporte de personal, turístico y bici taxis.
Se presentan los conceptos asociados al registro de empresas que prestan servicios de transporte mediante plataformas tecnológicas y aplicaciones digitales, para empresas que ofrecen sus servicios mediante vehículos particulares y personas operadoras vinculadas a estas, las cuales deberán de pagar sus derechos correspondientes.
La clasificación de concesiones se ha ampliado, manteniendo el concepto de concesiones individuales para personas físicas y morales, con la posibilidad de adquirir hasta 5 concesiones por una misma persona.
Dentro de las personas morales agregaron concesiones para empresas de transporte para los servicios de ruta, corredor o zona, y concesiones para mantenimiento y cuidado de infraestructura e instalaciones. Además, se ha incluido la concesión para bicicleta pública.
Se establecen conceptos relativos a la obligatoriedad de los exámenes de manejo y capacitaciones para la obtención de Licencias para Conducir, en el caso del Instituto del Transporte, para las Licencias tipo E; así como, para la expedición de acreditaciones para unidades económicas que buscan impartir los exámenes teórico-prácticos.
Asimismo, se modifican las tarifas en función de la temporalidad de las licencias. En esta misma línea se encuentra la Revista físico-mecánica que se afianza como un requisito obligatorio para la prestación del servicio de transporte previo pago de los derechos correspondientes.
Por último, se agregan los conceptos por el pago de derechos correspondientes a personas morales que otorgan coberturas en el servicio de transporte y mutualistas que cuentan con fondos de garantía.