Presenta Celeste Ascencio iniciativa para estar informados con mañanera
CIUDAD DE MÉXICO, 27 de agosto de 2023.- La diputada federal por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Reyna Celesta Ascencio Ortega, abogó por no permitir que a través de los juicios de amparo se censure la comunicación pública, pues al hacerlo, dijo, se está atentando contra el derecho del pueblo a estar informado.
Para evitarlo, presentó una iniciativa a la Comisión Permanente.Dicho proyecto, explicó, reforma el artículo 129 de la Ley de Amparo, y busca garantizar el derecho a la información, así como evitar que se censure la comunicación pública.
Ejemplo de estos intentos refirió, han sido los amparos para terminar con la conferencia de prensa matutina del Ejecutivo Federal, el cual es “uno de los principales ejercicios de comunicación social en la Cuarta Transformación”.
“En una democracia no puede haber obstáculos a la comunicación, o el silenciamiento de ideas e información, mucho menos si la censura se enfoca contra las autoridades que buscan informar al Pueblo”, aclaró.Puntualizó que esta postura responde a que en estas conferencias se exponen casos de corrupción que deben ser del conocimiento público, sin embargo hay quienes no están de acuerdo y buscan callar la información.
En consecuencia, Ascencio Ortega manifestó que “la finalidad de esta iniciativa, es evitar que el juicio de amparo se utilice para obstaculizar el combate a la corrupción”, y se use para ejercer censura.
Además de referir que con ello no se elimina el derecho de rectificación, sino se genera un equilibrio.“Es importante precisar que, con esta iniciativa no se está negando la posibilidad de acudir al juicio de amparo ni de tener un medio de defensa, quien se sienta afectado puede acudir a juicio, pero sin posibilidad de que la suspensión sea una mordaza y se impida la libre circulación de las ideas”, advirtió.
Finalmente, la legisladora de Morena expresó que si la comunicación gubernamental estriba en aspectos relevantes como políticas públicas, rendición de cuentas, promoción y garantía de los derechos humanos, no existe razón para restringir su difusión.
“En México la censura previa está proscrita y resulta sumamente arbitrario que se utilice el juicio de amparo y la suspensión del acto reclamado para censurar a las personas”, enfatizó.