Celeste Ascencio, en contra de estigmatizar el trabajo sexual
CIUDAD DE MÉXICO, 13 de julio de 2023.- Aunque el trabajo sexual está protegido por el Artículo 5 de la Constitución Mexicana, el cual indica que a ninguna persona se le podrá impedir que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícito, en la práctica existe una criminalizacion hacia las personas que se dedican a este trabajo.
Señala un comunicado de prensa que, así lo expresó la diputada federal Reyna Celeste Ascencio Ortega, quien manifestó la necesidad de que avance la iniciativa que presentó para evitar estigmatizar el trabajo sexual, la cual se mantiene en la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados. Detalló la legisladora que busca evitar que el trabajo sexual se criminalice, se advierta como una actividad ilícita, y con motivo de ello, las personas que se dedican a eso sean perseguidas o agredidas por civiles o instituciones.
“La iniciativa ha despertado el interés de organizaciones de la sociedad civil que defienden el derecho a ejercer este trabajo, con quienes nos reuniremos en próximos días en busca de fortalecer la propuesta”, expuso Ascencio Ortega, quien puntualizó que criminalizar y estigmatizar este oficio no inhibirá su ejercicio.
"Se debe distinguir claramente cuando una persona se dedica libremente al trabajo sexual, y cuando alguien explota a otro, pues entonces estaríamos hablando de trata de personas; por eso proponemos capacitar a las policías para que puedan identificar estas situaciones", manifestó la diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
Explicó que la iniciativa consiste en añadir la Fracción V Bis al Artículo 7 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, para quedar de la siguiente manera: “Evitar la estigmatización del trabajo sexual, garantizar la seguridad de las personas que se dedican a ello y capacitar en este aspecto a los integrantes de las instituciones de seguridad pública”, es decir se busca capacitar a policías y servidores públicos para que no hostiguen o acosen a quienes se dedican libremente a ello.
Añadió Celeste Ascencio que el trabajo sexual por sí mismo no es una fuente de violencia ni de delincuencia, sino que por el contrario, es el sustento de familias, e incluso existe un precedente donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoce que las mujeres no deben ser discriminadas por dedicarse al trabajo sexual. Enfatizó Celeste Ascencio que excluir a una madre por dedicarse a este trabajo, vulnera los principios constitucionales de igualdad y no discriminación.
“No pueden ser admisibles las especulaciones, presunciones, estereotipos o consideraciones generalizadas sobre características personales de los padres, incluyendo su trabajo (en este caso el trabajo sexual), para limitarles, por ejemplo, el derecho a cuidar a sus hijos. Esto responde a conceptos tradicionales de la familia, ligados a grupos conservadores”, agregó.