Con iniciativa, pretenden mejorar los procedimientos de la CEDH
MORELIA, Mich., 12 de abril de 2023.- Para que los procedimientos en la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) sean breves, sencillos y gratuitos, como lo establece la ley que rige a este organismo autónomo, la diputada Eréndira Isauro propone una serie de modificaciones que pretenden darles agilidad.
En una iniciativa de reformas a la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos plantea que no solo las organizaciones no gubernamentales legalmente constituidas puedan acudir a denunciar las violaciones a los derechos humanos de personas que por sus condiciones físicas, mentales, económicas y culturales, no tengan la capacidad efectiva de presentar quejas de manera directa, dando apertura además a las gubernamentales.
También propone que la queja pueda presentarse en lengua de señas mexicanas, así como también en lengua materna indígena y que la Comisión proporcione gratuitamente un traductor o intérprete que tenga conocimiento de la lengua y cultura o, en su caso, intérprete de lengua de señas mexicanas.
Pretende que las quejas también puedan presentarse oralmente, cuando los comparecientes no puedan escribir o sean menores de edad y, en los casos en que la persona se encuentre en un centro de detención, internamiento o reinserción social, su queja sea utilizando cualquier medio electrónico de comunicación.
El término para ratificarse la queja se aumenta de tres a cinco días, solo si el quejoso no se identifica y la suscribe en un primer momento, con lo que, además, se da la armonización legislativa, toda vez que el pasado 19 de enero, se hizo esta modificación en el ámbito federal.
La diputada por el distrito de Paracho propone facultar a la Comisión para que, en los casos que se requiera, pueda levantar acta circunstanciada de las actuaciones, que tendrán fe pública, así como la obligación de informar al reclamante para que acuda a otras instancias, cuando el motivo de la queja no sea de su competencia, como el Instituto de Defensoría Pública o la Comisión de Atención a Víctimas.
En los requisitos de la queja se integra una fracción, en la que se pueda manifestar el nombre, domicilio o datos mínimos que permitan la identificación de la autoridad o de particulares de donde se puedan obtener o requerir documentos, informes o pruebas que tengan relación con la investigación y que no solo sea para con la autoridad o servidor público responsable.