Ya no tendrían padres que tramitar exhortos para exigir derechos de hijos
MORELIA, Mich., 13 de mayo de 2022.- Para hacer ágiles los procedimientos judiciales que tengan por objeto garantizar el derecho superior de las niñas, niños y adolescentes, los exhortos u oficios serán enviados por los medios electrónicos con que el Estado cuente, debiendo devolverlos debidamente tramitados, propuso el diputado Víctor Manuel Manríquez.
Al presentar una iniciativa de ley para adicionar un párrafo al artículo 967 del Código Familiar, señaló la necesidad de erradicar del texto normativo cargas procesales que resultan incongruentes con la establecido en la Constitución y los tratados internacionales firmados por México que establecen que ante cualquier procedimiento o resolución en que se encuentren inmersos los derechos de niñas, niños y adolescentes, estos derechos deben ser la norma superior a fin de garantizar el pleno goce de sus derechos.
Como ejemplo de cómo la niñez resulta perjudicada, mencionó los casos en que se demanda el derecho a una pensión alimenticia, pero al encontrarse en supuestos en los que el padre o madre considerado deudor alimentista radica en un lugar distinto al suyo, se requiere girar un exhorto para poder dar continuidad al juicio correspondiente.
El exhorto no es propiamente el problema, toda vez que este tiene el objetivo de permitir la comunicación entre las autoridades judiciales, el problema resulta al dejarle la carga de llevarlo a su destino, así como de devolverlo debidamente tramitado a la parte demandante, señaló el diputado del Partido de la Revolución Democrática.
La intención de su propuesta es la de visibilizar que un gran porcentaje de los tutores que ostentan el cuidado, guarda y custodia de los menores, son madres solteras o jefas de familia que, en su intento por garantizar el derecho a los alimentos a sus menores hijos, se ven en la necesidad de costear de su bolsa los viáticos necesarios, a razón de no generar un menoscabo en la continuidad del juicio con que garantizarán a la niñez el acceso efectivo a sus derechos constitucionales.
Indicó que para una madre jefa de familia hacerse responsable de entregar y devolver debidamente tramitado un exhorto, le orilla a limitar o sacrificar el sustento que lleva a casa, a costa de cumplir con esa carga procesal, es decir, se le orilla incluso a cumplir parcialmente con su propia responsabilidad y, como resultado, pone en una situación vulnerable a las personas menores de edad, quienes se ven inmersas en una contienda judicial.