Lograr perspectiva de género requiere atención a problemas sociales
MORELIA, Mich., 28 de octubre de 2021.- El Poder Judicial de Michoacán, en coordinación con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), llevó a cabo la séptima sesión del Curso en línea Día Naranja, que tiene la finalidad de visibilizar y concientizar sobre los tipos de violencias contra las mujeres, para atenderlos y erradicarlos de manera integral; en esta ocasión, se abordó el tema del acoso y hostigamiento sexual en el entorno laboral.
De acuerdo con un comunicado de prensa, a través de una plataforma virtual que reunió a más de 220 personas, Estrella del Rocío López Maciel, directora de la Casa de la Cultura Jurídica de Morelia de la SCJN, señaló que tanto el acoso como el hostigamiento son formas de violencia que afectan el clima laboral, la salud física y emocional tanto de las víctimas como de la sociedad en su conjunto.
Abordó los tipos de conductas que pueden representarla, como la física, que más allá del contacto, también contempla acciones como espiar o mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo; o la verbal, que incluye comentarios, burlas, piropos o bromas referentes a la apariencia o anatomía con connotación sexual, o respecto de su vida sexual, por mencionar algunos.
La ponente analizó la letra de algunas canciones que han sido populares y que a través de sus palabras pretenden romantizar o naturalizar el acoso u hostigamiento sexual; estas melodías se vuelven parte de la vida cotidiana y pueden incluso llegar a ser algo deseable, como si no hablaran de una situación de violencia.
López Maciel refirió que la perspectiva de género requiere de una especial atención a los problemas sociales; a la par, es necesario contar con normativa, políticas públicas, entre otras acciones, para que la discriminación y no violencia sea una realidad en el mundo.
Ejemplificó que el acuerdo general de administración IX/2021, emitido recientemente por la presidencia de la SCJN, establece mecanismos para erradicar las violencias contra las mujeres y es de observancia obligatoria para el personal; éste ha derivado en diversas acciones como la creación de un protocolo, implementación de cursos de capacitación y el visibilizar la problemática.
Finalmente, expuso detalles de un amparo directo en revisión, que se incorporó al mencionado acuerdo, en el cual otorga un valor preponderante a la información testimonial de la víctima; evalúa razonablemente las inconsistencias de su relato, de conformidad con la naturaleza traumática de los hechos; toma en cuenta sus elementos subjetivos y utiliza adecuadamente las pruebas circunstanciales.