Declara TEEM inexistentes actos anticipados de campaña del PT
MORELIA, Mich., 12 de julio de 2021.- Con el voto en contra de la magistrada Alma Rosa Bahena, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) declaró inexistentes actos anticipados de campaña que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) le atribuyó al Partido (PT).
Se probó que el PT llevó a cabo actos de proselitismo consistentes en la utilización de sus colores, logo, siglas y emblema, en la entrega de apoyos y repartición de víveres, kits de hidratación y alimentación, así como vales de recarga de oxígeno gratuitos y préstamos de oxímetros, a las personas que se encontraban en espera para la aplicación de la primera vacuna contra la Covid 19 en distintos puntos de vacunación en la ciudad de Uruapan.
Esos actos de proselitismo se llevaron a cabo a través de la Brigada Popular; habiendo promocionado tales actos en su página oficial de Facebook denominada Partido del Trabajo Uruapan, con la finalidad de posicionarse en el Proceso Electoral Local 2020-2021.
Sin embargo, la ponencia del magistrado Salvador Alejandro Pérez consideró que no se satisfizo el elemento subjetivo para considerarse actos anticipados de campaña ya que del análisis de las publicaciones no se desprenden expresiones con las cuales se llame el voto a favor de alguno de los candidatos del PT, ni manifestaciones que constituyan equivalentes funcionales, que den lugar al llamado al voto, por lo cual se desestimó la falta denunciada.
En cambio, la magistrada Bahena consideró los integrantes de la Brigada Popular hicieron entrega de los apoyos vestidos con chamarras negras con el logotipo del PT o camisetas, gorras y cubrebocas rojos con una estrella amarilla que es el emblema de ese instituto político, y se hizo en periodo de precampañas por lo que, a su juicio, todos los actos buscaron posicionar el nombre e imagen del PT, lo cual pudo generar desequilibrio en la contienda electoral.
Por ello votó en contra del proyecto de sentencia del Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-078/2021, promovido por el Partido de la Revolución Democrática PRD, el cual fue aprobado por mayoría con los votos de José René Olivos, Salvador Alejandro Pérez y Yurisha Andrade y se declaró la inexistencia de actos anticipados de campaña.