Reformarían el Código Familiar para evitar desidia en el Registro Civil
MORELIA, Mich., 6 de abril de 2021.- Lagunas normativas y falta de ética profesional entre el personal del Registro Civil hacen que los servicios se conviertan en un obstáculo para la tramitación de algunos documentos, acusó la diputada Wilma Zavala.
El presentar una iniciativa de ley para reformar el Código Familiar ejemplificó que, en la emisión de las actas de defunción, no se verifica la veracidad del estado civil señalado en el certificado médico, contra los datos que se tienen en el propio Registro.
Esta situación ocasiona que se expidan actas de defunción con información errónea, provocando en muchos casos grandes afecciones en la acreditación de derechos u obligaciones, como por ejemplo para el caso de trámites de carácter administrativo, juicios civiles, familiares o laborales.
La únicas opciónes que quedan a los familiares de la persona fallecida es la promoción de un juicio de rectificación de actas, el cual es oneroso y muy largo o darles dinero extra a los oficiales del Registro Civil para que lo puedan hacer en lo económico y sin problema alguno, siendo esto un acto de corrupción, pues no deberían de cobrar un solo peso más por una función a realizar que la misma ley les otorga.
Por ello, propuso adicionar un artículo 111 bis del Código Familiar para establecer que el oficial del Registro Civil antes de expedir el acta de defunción, tendrá la obligación de ratificar el estado civil de los fallecidos, cerciorándose para ello a través de sus mismos registros o base de datos con los que cuenta, y de ese modo, pueda hacer las anotaciones correspondientes.
En el caso de que en dicha acta se llegara a omitir, asentar o anotar erróneamente el nombre y apellidos del cónyuge, cualquier familiar del difunto, podrá solicitar la corrección inmediata mostrando el acta certificada de matrimonio respectiva, sin que este genere costo o comisión alguna.