Aprueban reformas en materia de fuero
MORELIA, Mich., 15 de diciembre de 2020.- Por unanimidad de 21 diputados la 74 Legislatura del Congreso del Estado aprobó las reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Fuero.
La finalidad de esas reformas es la de establecer que, durante el tiempo de su encargo el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por lo que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano
Así mismo, se pretende que el titular del Poder Ejecutivo Federal, solo podrá ser acusado ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110 Constitucional, en dicho proceso, esta Cámara resolverá con base en la legislación penal aplicable.
En el dictamen presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales se indica que la figura del fuero es una inmunidad que se le confiere a determinados servidores públicos para salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento, así como de mantener un equilibrio entre los poderes, permitiendo con ello un desempeño eficaz de la función pública del servidor, impidiendo el seguimiento de procesos penales que resultan inútiles.
Con el transcurso del tiempo y las prácticas recurrentes, la figura del fuero se convirtió en una inmunidad procesal penal para que los servidores públicos gozaran de impunidad; dando lugar a una deformidad de dicha figura.
Los integrantes de esa Comisión concordaron con el objetivo de la Minuta aprobada por el Congreso de la Unión, toda vez que no puede existir privilegios de protección ante el mal ejercicio del cargo público.