Inconstitucional reponer votación para presidente de la CEDH
MORELIA, Mich., 18 de diciembre de 2019.- La reposición de la segunda votación de la terna para elegir presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) es inconstitucional y los aspirantes ganarían un juicio de amparo, afirmó el doctor en Derecho Gumesindo García.
Ninguno de los integrantes de la terna alcanzó la mayoría calificada, 27 votos de los 40 diputados presentes en la sesión extraordinaria del pasado domingo, por lo que no hay justificación para que se repita, indicó quien fuera el primer presidente de la CEDH designado por el Congreso.
Lo que se debe hacer es el escrutinio para la rectificación de los votos e invalidar los cuatro adicionales que aparecieron en la urna, revisando los mecanismos de seguridad con que cuenta cada una de las cédulas, lo cual debió hacerse de inmediato y levantar el acta correspondiente para dar certeza y legalidad al procedimiento.
Señaló que el presidente de la Mesa Directiva no tiene la facultad para declarar anulada una votación salvo en situaciones graves como pudiera ser la violencia, pero los diputados emitieron su voto en libertad y no se puede anular toda la votación.
Ejemplificó con lo que ocurre en una casilla electoral, donde no se anula una elección sino solo los votos que no cumplen con los requisitos de validez ya que esa facultad es de la autoridad competente que, en este caso es el pleno.
La Junta de Coordinación Política tampoco la tiene para tomar el acuerdo de reponer la votación por lo que, en todo caso, ese acuerdo tendría que ser validado por el pleno que es el origen de su autoridad, indicó.
Es por eso que considerando los derechos humanos y políticos de los aspirantes pueden irse a un juicio de amparo en caso de que se repita la segunda ronda de la votación, en el supuesto que alguno de los integrantes de la terna alcanzara la mayoría calificada o si alguno de ellos vuelve a formar parte de otra terna.